Las restricciones fiscales de México impiden al gobierno federal otorgar subsidios industriales generalizados, afirmó la Secretaría de Economía.
Este argumento lo planteó como parte de la investigación que realiza la Representación Comercial de Estados Unidos sobre el exceso de capacidad estructural y la producción en los sectores manufactureros al amparo de la Sección 301.
Restricciones fiscales de México
De acuerdo con la Secretaría de Economía, México no mantiene esquemas de subsidios industriales generalizados o no basados en el mercado ni otras medidas gubernamentales destinadas a expandir artificialmente la capacidad productiva.
Datos de la Organización Mundial del Comercio (OMC) indican que México otorga niveles de subsidios significativamente menores que los principales miembros de la OMC, incluyendo Estados Unidos.

Esto se debe en gran medida a las restricciones fiscales de México. El presupuesto federal de México se mantiene por debajo del 25% del PIB, frente a aproximadamente el 27% en Estados Unidos y el 34% como promedio en los países de la OCDE.
La USTR inició nuevas investigaciones bajo la Sección 301 centradas en el exceso de capacidad estructural en los sectores manufactureros y en las prácticas de trabajo forzoso.
Por un lado, las investigaciones sobre trabajo forzoso dieron lugar a aranceles adicionales de la Sección 301 de 10% o de 12.5% sobre las importaciones procedentes de 60 economías —sujetas a ciertas exenciones de productos—, con entrada en vigor el 24 de julio de 2026.
Por otra parte, las investigaciones sobre el exceso de capacidad estructural podrían derivar en aranceles adicionales específicos por país, de alcance similar a los impuestos anteriormente en virtud de la IEEPA.
A continuación se indican tres argumentos que dio la Secretaría de Economía:
Deuda pública
La relación deuda pública/PIB de México (49.8%) es menor que la de Estados Unidos (99.4% en el gobierno federal y 123.9% en el gobierno general). Asimismo, las condiciones financieras en México son más estrictas. Por ejemplo, la tasa de los CETES supera ampliamente la de los bonos del Tesoro estadounidense. En consecuencia, estas condiciones desincentivan mantener capacidad ociosa, pues representa un costo muy elevado.
Tipo de cambio
Por otro lado, México opera bajo un régimen de tipo de cambio de libre flotación. En este esquema, las fuerzas del mercado determinan el valor del peso frente al dólar sin intervención del Banco de México ni del gobierno. Por lo tanto, no existe manipulación cambiaria para alterar el peso artificialmente. Igualmente, el Estado no ordena la expansión industrial ni otorga apoyo financiero para mantener la sobrecapacidad.
Capacidad Industrial
De la misma manera, la producción industrial responde a decisiones del sector privado y a la demanda del mercado. En efecto, no hay evidencia de exceso de capacidad, sobreproducción o acumulación de inventarios en los sectores investigados. Históricamente, el uso de la capacidad manufacturera se ubica cerca del 80%, lo que confirma ajustes de mercado. Por último, el gobierno no interfiere en las decisiones privadas sobre la escala de las plantas productivas.