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SAT extiende plazo para la declaración anual al 30 de junio

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplió el plazo para que las personas físicas presenten su declaración anual de 2019 hasta el 30 de junio de 2020.

La medida se tomó por la entrada de la Fase 3 de la contingencia sanitaria por la pandemia de Covid-19.

La política fiscal actual del Gobierno se centra en la disciplina fiscal y financiera, la austeridad en el gasto, no aumentar los impuestos o crear nuevos y frenar la evasión fiscal. En cuanto a la gestión de la deuda pública, el Gobierno planea mantener una cartera de pasivos sólida y diversificada, con preferencia por la deuda interna a tasa fija a largo plazo.

SAT

“El SAT cuenta con la mayor capacidad tecnológica instalada a diferencia de cualquier otra dependencia del gobierno federal, ya que es la institución que realiza más transacciones a nivel nacional. A pesar de ello y en aras de la transparencia, reconocemos que la alta demanda para generar o actualizar la contraseña rebasó nuestro sistema. Esta limitante en la página SAT-ID se encuentra en proceso de mejora continua para resolver las situaciones técnicas que se han reportado”, dijo.

La estructura tributaria federal de México incluye tanto los impuestos directos, principalmente en forma de impuestos sobre la renta, como los impuestos indirectos, principalmente en forma de un Impuesto al Valor Agregado (impuesto al valor agregado o IVA) y los impuestos especiales, como el Impuesto Especial de Productos y Servicios (IEPS).

El IVA de México se impone a dos tasas fijas: 8% en la Zona de Libre Comercio de la Frontera Norte y 16% para el resto del país. El IVA se pasa a través de la cadena de fabricación y distribución y se transfiere como parte del precio de compra al consumidor.

El SAT y los cambios

En días pasados, el gobierno estrenó su portal SAT-ID para que los contribuyentes actualizaran o generaran su contraseña sin la necesidad de salir de casa; sin embargo, hubo en los últimos días quejas de fallas.

“Agradecemos de antemano la contribución de las personas físicas y su interés por cumplir con sus obligaciones. Su granito de arena permite que la recaudación para el gasto público no se frene y se luche día a día para que los embates de la epidemia sean los menores posibles”, añadió el SAT.

El SAT continuó implementando nuevas tecnologías para facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, haciendo más accesibles sus trámites y servicios.

Durante 2019, el número de declaraciones anuales presentadas se ubicó en 9 millones 655 mil 368 declaraciones, registrándose 598,687 declaraciones más que en 2018, lo que representó un incremento de 6.6 por ciento.

Funciones

El SAT es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público​ (SHCP) de México, que tiene la responsabilidad de aplicar la legislación fiscal y aduanera, con el fin de que las personas físicas y morales contribuyan proporcional y equitativamente al gasto público, de fiscalizar a los contribuyentes para que cumplan con las disposiciones tributarias y aduaneras, de facilitar e incentivar el cumplimiento voluntario y de generar y proporcionar la información necesaria para el diseño y la evaluación de la política tributaria.

El SAT está integrado por una Junta de Gobierno, que constituye su órgano principal de dirección, por un Jefe que es nombrado y removido por el Presidente de la República con la ratificación del Senado, y por unidades administrativas.

El jefe del SAT es el enlace entre la institución y las demás entidades gubernamentales tanto de carácter federal y estatal como municipal, y de los sectores social y privado en las funciones encomendadas al propio Servicio de Administración Tributaria.

La Junta de Gobierno del SAT está integrada por:

  • El titular de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, quien la presidirá.
  • Tres consejeros elegidos por el Secretario de Hacienda de entre los empleados superiores de Hacienda
  • Tres consejeros independientes designados por el Presidente de la República, dos de los cuales deberán haber sido propuestos por la Reunión Nacional de Funcionarios Fiscales en los términos de la Ley de Coordinación Fiscal.

 

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