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Nueva Zelanda debatirá el CPTPP este jueves

El parlamento de Nueva Zelanda debatirá este jueves la aprobación del Tratado Integral y Progresivo para la Asociación Transpacífico (TIPAT, o CPTPP, por su sigla en inglés).

La ratificación «debe ser antes de diciembre», dijo un portavoz de la oficina del ministro de Comercio de Nueva Zelanda, David Parker, más rápido de lo programado inicialmente.

El 8 de marzo de 2018, los 11 signatarios restantes del Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP), excluyendo a Estados Unidos, firmaron el CPTPP.  Las partes anunciaron los lineamientos del acuerdo en noviembre de 2017 y concluyeron las negociaciones en enero de 2018.

Hasta el momento, Japón, México, Australia y Singapur han completado el proceso, y Canadá y Nueva Zelanda buscan hacerlo para finales de año. Los otros miembros son Chile, Perú, Vietnam, Brunei y Malasia.

El TPP se firmó en febrero de 2016 después de años de negociaciones. Japón y Nueva Zelanda fueron los únicos dos signatarios que lo ratificaron en enero y mayo de 2017, respectivamente.

Si se hubiera mantenido en su forma original, el TPP habría representado aproximadamente una cuarta parte del comercio mundial y aproximadamente el 40% del PIB mundial.

Más aún, en su momento, el TPP jugó un elemento crucial de la política de ‘pivote a Asia’ del ex presidente de los Estados Unidos, Barack Obama, sirviendo en los objetivos económicos y estratégicos de su país.

Sin embargo, una de las primeras órdenes ejecutivas que el presidente Donald Trump firmó en su toma de posesión fue retirar a Estados Unidos del acuerdo en enero de 2017, argumentando que sería un «asesino de empleos».

Proceso para aprobar el CPTPP

El CPTPP entrará en vigor a los 60 días siguientes a la fecha en la que al menos seis o al menos 50% del número de signatarios de este Tratado, lo que sea menor, hayan notificado por escrito al Depositario (el gobierno de Nueva Zelanda) la conclusión de sus procedimientos legales aplicables.

Para cualquier signatario del CPTPP para el cual el Tratado no haya entrado en vigor de conformidad con lo anterior, lo hará a los 60 días siguientes a la fecha en la que ese signatario haya notificado por escrito al Depositario la conclusión de sus procedimientos legales aplicables.

 

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