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Medidas antidumping, compensatorias y de salvaguardia en México

La Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) aplica medidas antidumping, compensatorias y de salvaguardia en México considerando los siguientes plazos.

Al interior de la Secretaría de Economía, la UPCI es la autoridad encargada de llevar a cabo las investigaciones sobre dumping, subvenciones y salvaguardias, así como de proponer la aplicación (o no) de medidas compensatorias, antidumping y de salvaguardia.

La opinión de la Comisión de Comercio Exterior (Cocex) se toma en cuenta antes de aplicar los derechos.

En las investigaciones sobre prácticas desleales de comercio internacional y medidas de salvaguarda, la Secretaría de Economía tiene un plazo de 25 días para aceptar la solicitud e iniciar la investigación (mediante una resolución de inicio que se publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF), o un plazo de 17 días para pedir al solicitante mayor información o datos, que se deben proporcionar dentro de un plazo de 20 días contados a partir de la recepción de la solicitud (prevención).

Si la UPCI considera que la información es satisfactoria, emite la resolución de inicio; si no se proporcionan en tiempo y forma los elementos y datos requeridos, se desecha la solicitud y se notifica al solicitante.

De iniciarse una investigación, al día siguiente la Secretaría de Economía notifica a las partes interesadas de las que tenga conocimiento y les otorga un plazo de 23 días contados a partir de la fecha de recepción de las respuestas al cuestionario oficial para que presenten sus argumentos, información y pruebas.

Medidas antidumping

La Secretaría de Economía dicta una resolución preliminar dentro de un plazo de 90 días a partir del día siguiente de la publicación de la resolución de inicio de la investigación, la cual se publica en el DOF y se notifica a las partes interesadas de las que se tenga conocimiento.

El proyecto de resolución final debe someterse a la opinión de la Cocex y ser publicado en el DOF dentro de un plazo de 210 días, contados a partir del día siguiente de la publicación en el DOF de la resolución de inicio de la investigación.

Durante el periodo 2017-2021, México inició 28 investigaciones antidumping, menos que en el periodo 2012-2016 (noviembre), cuando se habían iniciado 34 investigaciones.

La mayoría de las investigaciones iniciadas se refieren a productos procedentes de China (39.3%), la Unión Europea (14.3%), Estados Unidos (10.7%), Japón (7.1%) y República de Corea (7.1 por ciento). En ese periodo examinado México impuso 28 medidas.

 

Redacción Opportimes

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