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América del NorteComercio

Las regulaciones a la importación en México

En México se pueden imponer regulaciones a la importación, circulación o tránsito cuando se requieren de modo temporal para corregir desequilibrios en la balanza de pagos, de acuerdo a los tratados o convenios internacionales de los que México es parte.

Estas regulaciones tienen el objetivo de regular la entrada de productos usados, de desecho o que carezcan de mercado sustancial en su país de origen o procedencia.

También se pueden aplicar como respuesta a las restricciones a exportaciones mexicanas aplicadas unilateralmente por otros países.

O bien, estas regulaciones se imponen cuando es necesario impedir la concurrencia al mercado interno de mercancías en condiciones que impliquen prácticas desleales de comercio internacional, y cuando se trate de situaciones no previstas por las normas oficiales mexicanas en lo referente a seguridad nacional, salud pública, sanidad fitopecuaria o ecología, de acuerdo a la legislación en la materia.

Al mismo tiempo, México sigue estableciendo contingentes unilaterales de importación con una vigencia determinada para mejorar la competitividad de las cadenas productivas, hacer frente al incremento de los precios, abastecer la demanda interna cuando la oferta nacional es insuficiente o reducir el saldo deficitario de la balanza de pagos.

Para determinar el volumen o el valor de los contingentes, la Secretaría de Economía toma en cuenta las condiciones de abasto y de oferta, así como la opinión de los integrantes de la cadena productiva y de la Comisión de Comercio Exterior (Cocex).

Regulaciones a la importación

En 2021, México mantenía contingentes unilaterales para 77 líneas arancelarias a nivel de 8 dígitos del Sistema Armonizado, que abarcaban tanto productos agropecuarios como manufacturados.

Catorce de estas líneas estaban además sujetas a contingentes arancelarios en el marco de la Organización Mundial de Comercio (OMC).

Tal es el caso del café, las carnes de res, cerdo y pollo, la cebada, los frijoles y ciertos quesos.

Para estos productos, el arancel dentro del contingente unilateral era más bajo que en el contingente de la OMC; la mayoría de estos contingentes tienen un arancel del 0%. Con todo, en 2021 las importaciones bajo los contingentes unilaterales y de la OMC fueron bajos.

El contingente unilateral que más se utilizó, en 38.4%, fue el del extracto de café, seguido del contingente para los filetes de pescado (31.4%), los trozos de pollo y pavos (14.3%) y las preparaciones lácteas (9.8 por ciento).

De conformidad con la legislación nacional, las mercancías sujetas a restricciones o regulaciones no arancelarias se identificarán en términos de sus fracciones arancelarias y nomenclatura que les corresponda conforme a la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación.

Las medidas para regular o restringir la importación o exportación, son publicadas en el Diario Oficial de la Federación, mediante Acuerdos emitidos por cada dependencia competente, junto con la Secretaría de Economía y de manera general consisten en permisos previos, cupos máximos, marcados de país de origen, cuotas compensatorias.

 

Redacción Opportimes

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