[themoneytizer id="51423-1"]
América del NorteComercio

Las 5 modificaciones al régimen de importación de la región fronteriza de México

El gobierno de México ha hecho cinco modificaciones al régimen de importación y exportación de la región fronteriza y la franja fronteriza norte.

Para empezar, en 2016 se estableció que la lista original de productos sujetos a trato preferencial, es decir, la lista de productos incluida en el Decreto por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte, de 24 de diciembre de 2008, estaría totalmente desgravada hasta el 31 de diciembre de 2019.

Luego, en 2019, se decidió prorrogar el calendario de desgravación de algunos de estos productos hasta el 30 de septiembre de 2024 y gravar otros productos con una tasa de 5% hasta el 31 de diciembre de 2019.

En 2020, se volvió a modificar el calendario de desgravación para algunas fracciones arancelarias.

En el caso de las fracciones arancelarias SA 7308.30.02 y 7308.90.99, el arancel sería del 10% a partir del 22 de septiembre de 2021 y del 7% a partir del 22 de septiembre de 2023, y para otras fracciones arancelarias (SA 7304.19.01, 7304.19.02, 7304.19.03, 7304.29.99, 7304.39.10, 7304.39.11, 7304.39.12, 7304.39.13, 7304.39.14, 7304.39.15, 7305.20.01, 7306.19.99, 7306.29.99, 7306.30.99 y 7308.20.02), el arancel sería de 10% a partir del 22 de septiembre de 2021 y de 5% a partir del 22 de septiembre de 2023.

Estas fracciones estarían exentas de arancel a partir del 1 de octubre de 2024.

Régimen de importación

En 2021 se volvió a modificar el programa de desgravación con el objeto de establecer un entorno favorable para que la industria siderúrgica pudiera ajustarse al contexto económico internacional e incentivar el mercado interno.

Como resultado, para ciertas fracciones arancelarias relacionadas con ese rubro, el arancel sería de 10% a partir del 30 de junio de 2022, de 5% a partir del 22 de septiembre de 2023 y quedarían exentas de aranceles a partir del 1 de octubre de 2024.

En 2021, ciertos productos de los Capítulos 61, 62, 63, 64 y 87 del SA, como prendas y textiles, calzado y vehículos, fueron eliminados de la lista de productos susceptibles de obtener trato preferencial al ser importados por empresas de la frontera.

De acuerdo con la Organización Mundial de Comercio (OMC), estos cambios se basaron en el Decreto que modifica y amplía la vigencia del diverso por el que se establece el impuesto general de importación para la región fronteriza y la franja fronteriza norte (DOF del 17 de noviembre de 2016), y Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (DOF de 22 de noviembre de 2021).

 

Redacción Opportimes

Publicidad
loading...
[themoneytizer id="51423-1"]
Mostrar más
Botón volver arriba