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La SE abre cupo para exportar 90,718 toneladas de azúcar

12 enero, 2020
Oportunidades de Negocio
A partir de 2008 y hasta diciembre de 2014, a las exportaciones de azúcar de México se les concedió un acceso sin restricciones de volumen y sin aranceles al mercado de Estados Unidos, bajo el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).

La Secretaría de Economía anunció un cupo para exportar 90,718 toneladas de azúcar de México a Estados Unidos.

La Dependencia puso a disposición este monto extraordinario del periodo comprendido entre el 1 de octubre de 2019 y el 30 de septiembre de 2020.

Para ello, se considerarán aquellos grupos, consorcios azucareros o ingenios que hayan presentado su solicitud de asignación para participar en el ciclo azucarero 2019-2020, y que no hayan sido sancionados en los dos ciclos azucareros anteriores.

El 19 de diciembre de 2014, el Departamento de Comercio de los Estados Unidos firmó un acuerdo con el Gobierno de México que suspende la investigación de derechos compensatorios de las importaciones de este edulcorante de México.

El Departamento de Comercio firmó un segundo acuerdo con los productores y exportadores mexicanos de azúcar suspendiendo una investigación de derechos antidumping sobre las importaciones de azúcar mexicano.

Los acuerdos que suspenden las investigaciones alteran la naturaleza del comercio de este producto entre México y los Estados Unidos al imponer límites de volumen a las importaciones estadounidenses de azúcar desde México y establecer niveles mínimos de precios.

Azúcar mexicana

A partir de 2008 y hasta diciembre de 2014, a las exportaciones azucareras de México se les concedió un acceso sin restricciones de volumen y sin aranceles al mercado de Estados Unidos, bajo el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN).

Pero dos acuerdos de suspensión que el gobierno de Estados Unidos firmó con el gobierno y los productores y exportadores de azúcar de México en diciembre de 2014 propiciaron limitantes en el comercio de este edulcorante.

Desde entonces, el monto del cupo total de cada ciclo azucarero es determinado con base en una fórmula que incluye dos variables: el excedente de oferta de México y las necesidades de Estados Unidos.

También el azúcar mexicana está sujeta a los precios mínimos de referencia de 0.26 dólares por libra de refinada y 0.2225 dólares para el resto.

Además de los límites cuantitativos de exportación y precios mínimos establecidos en virtud de los acuerdos de suspensión, México acordó limitar los envíos de azúcar refinada a no más del 53% del volumen total de sus exportaciones al mercado de Estados Unidos en cada año, es decir al menos 47% de sus exportaciones de azúcar sería azúcar en bruto.

Estos últimos límites sufrieron nuevos cambios con la renegociación de los acuerdos de suspensión en julio de 2017. Con la renovación de estos acuerdos, México pactó en reducir de 53 a 30% la proporción de azúcar refinada del total de sus exportaciones de ese producto a Estados Unidos.

Otros términos

Los “acuerdos de suspensión” implican, como su nombre lo indica, el detenimiento de la imposición de cuotas compensatorias por dumping y subsidios contra las importaciones estadounidenses de azúcar originaria de México, al alcanzarse el convenio bilateral relacionado con el caso en 2014.

Con la renovación de estos acuerdos, México pactó en reducir de 53 a 30% la proporción de azúcar refinada del total de sus exportaciones de ese producto a Estados Unidos.

México aceptó todas estas modificaciones a condición de que se le otorgue el derecho de preferencia para suministrar el 100% de cualquier “necesidad adicional” para el azúcar identificado por el Departamento de Agricultura después del 1 de abril de cada año.

 

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