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América del NorteComercio

La Cofece multa con 40.7 mdp a la organización de exportadores de aguacates APEAM

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La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) impuso una multa por 40.7 millones pesos a la Asociación de Productores y Empacadores Exportadores de Aguacate de México (APEAM) por no presentar el Reporte Anual que estaba obligada a entregar dentro de los dos primeros meses del año.

Ello de conformidad con lo establecido en la resolución mediante la cual aceptó los compromisos que hizo en el expediente DE-030-2011. Dicha omisión impidió que la Cofece conociera oportunamente si APEAM está dando cumplimiento a los mismos.

En abril de 2014, la Cofece emplazó a la asociación como probable responsable de haber incurrido en ventas atadas –conducta en la que un proveedor condiciona la venta de un producto, bien o servicio para comprar o contratar otro distinto–, con lo que imposibilitaba la exportación de aguacate Hass a los Estados Unidos a todos aquellos empacadores que no estuvieran afiliados a ese organismo.

La APEAM es el único organismo autorizado por las autoridades de los Estados Unidos para prestar los servicios de administración, facturación y cobranza de los servicios de supervisión y verificación fitosanitaria, los cuales son necesarios para poder exportar aguacate Hass de México a ese país.

Esta asociación condicionaba los referidos servicios a que los empacadores necesariamente se afiliaran a la APEAM a través de una cuota de acceso, más el pago y/o contratación de servicios adicionales, no necesarios para exportar dicho producto al país vecino.

En 12 de marzo de 2015, el Pleno de la COFECE resolvió cerrar de manera anticipada el expediente de la investigación y aceptar los compromisos planteados por la asociación respecto a permitir a productores de aguacate exportar sin necesariamente afiliarse a la APEAM y sin demandarles requisitos no relacionados con los que exigen las autoridades de los EUA para permitir la entrada del aguacate mexicano. Con estas acciones se eliminaban posibles daños a la competencia.

La resolución de este asunto estableció varias obligaciones para la APEAM, una de ellas, consistente en la presentación de un Reporte Anual durante los dos primeros meses de cada año con información respecto a volúmenes de venta, costos, gastos, solicitudes y listados de empacadores en el programa de exportación de aguacate, sin que la Resolución estableciera algún tipo de excepción para dicha obligación. De esta forma, la APEAM estaba obligada a presentar el Reporte Anual a más tardar el 28 de febrero de 2017, lo cual no ocurrió.

 

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