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Funcionarios de aduanas en México y Estados Unidos

En Estados Unidos, los funcionarios de aduanas pueden examinar, retener, incautar y decomisar mercancías que se encuentren bajo control aduanero sospechosas de portar marcas falsificadas o mercancías pirata que lesionan el derecho de autor admitidas dentro o saliendo de una zona de libre comercio o un almacén fiscal.

Los funcionarios de aduanas realizan además «barridos» aleatorios de esas zonas, toman muestras y efectúan retenciones e incautaciones de mercancías sospechosas de portar marcas falsificadas o mercancías pirata que lesionan el derecho de autor.

Por otro lado, en México, los funcionarios de aduanas están facultados para retener las mercancías sospechosas de infringir los derechos de propiedad intelectual una vez hayan recibido una orden de la autoridad administrativa competente (el IMPI) o de la autoridad judicial encargada de las cuestiones relativas a la propiedad intelectual (la Fiscalía General de la República).

Los funcionarios de aduanas elaboran un informe detallado en el que identifican las mercancías retenidas y las llevan al lugar indicado por la autoridad que haya emitido la orden de retención.

Luego, la autoridad competente procede a determinar si efectivamente se trata de mercancías falsificadas o pirateadas.

Funcionarios de aduanas

En México, se introdujo en 2020 un nuevo tipo de medida provisional: la suspensión, el bloqueo o el retiro de material difundido por medios digitales (artículo 344 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industria).

Otra medida provisional que se puede adoptar es la incautación de bienes importados, exportados o en tránsito cuando se infringen los derechos de propiedad intelectual (artículo 344).

En la frontera, la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM) retiene las mercancías que presuntamente violen los derechos de propiedad intelectual, siempre y cuando el IMPI o la Fiscalía General de la República así lo ordene. La ANAM no actúa de oficio.

Los bienes son retenidos por la ANAM por un máximo de cinco días, durante los cuales el titular debe emprender un recurso administrativo o penal, de lo contrario se libera la mercancía.

Por otro lado, si la ANAM sospecha de la autenticidad de un producto protegido por un derecho de propiedad intelectual, puede informar al IMPI o la Fiscalía General de la República.

Para facilitar la identificación de las marcas registradas, la ANAM administra una Base Marcaria de Aduanas gratuita.

 

Redacción Opportimes

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