América del NorteAsiaComercio

EU apela caso sobre antidumping contra Corea del Sur en la OMC

Estados Unidos apeló un caso sobre antidumping y derechos compensatorios en productos de acero y transformadores en contra de Corea del Sur en el marco de la Organización Mundial de Comercio (OMC).

La apelación corresponde al informe del Grupo Especial relativo a los derechos estadounidenses sobre productos coreanos

El 19 de marzo, los Estados Unidos notificaron al Órgano de Solución de Diferencias su decisión de apelar el informe del Grupo Especial que entendió en la diferencia “Estados Unidos-Derechos antidumping y compensatorios sobre determinados productos y la utilización de los hechos de que se tenga conocimiento” (DS539), planteada por Corea del Sur.

El informe del Grupo Especial se distribuyó a los Miembros de la OMC el 21 de enero.

Dado que no hay acuerdo entre los Miembros de la OMC para cubrir las vacantes del Órgano de Apelación, por el momento no existe ninguna Sección del Órgano de Apelación que pueda examinar esta apelación.

Antidumping

La presente diferencia se refiere a varias alegaciones «en su aplicación» y a una alegación «en sí» formuladas por Corea del Sur, en las que afirma el incumplimiento de las obligaciones que corresponden a los Estados Unidos en virtud del Acuerdo Antidumping y el Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias.

En el marco de las alegaciones «en su aplicación», Corea del Sur impugna casos concretos de la utilización por el Departamento de Comercio (USDOC) de los hechos de que tenía conocimiento en cuatro investigaciones antidumping y en dos investigaciones en materia de derechos compensatorios respecto de las obligaciones que corresponden a los Estados Unidos en virtud de los acuerdos abarcados.

En cada una de las seis investigaciones en litigio, Corea alega tanto que no se cumplían las condiciones para que el USDOC recurriera a los hechos de que tenía conocimiento como que la selección posterior por el USDOC de los hechos sustitutivos de la información faltante infringió las disciplinas jurídicas aplicables.

Además de las impugnaciones «en su aplicación», Corea del Sur también formula una alegación «en sí» contra una supuesta medida no escrita relativa a la utilización por el USDOC de «los hechos desfavorables de que tenga conocimiento».

La impugnación «en sí» de Corea no cuestiona el recurso del USDOC a los hechos de que tenga conocimiento, sino que se centra exclusivamente en la «selección [por el USDOC] de los hechos de que tenga conocimiento en una situación en que se haya formulado una constatación de falta de cooperación».

 

Publicidad
loading...
Mostrar más
Botón volver arriba