Global

¿Cómo funcionan las normas de la OMC sobre los ACR?

Los acuerdos comerciales regionales (ACR) son acuerdos comerciales preferenciales recíprocos entre dos o más interlocutores.

A nivel mundial, estos acuerdos están permitidos en el marco del GATT y la OMC y están sujetos a tres conjuntos de normas:

  • El artículo XXIV del GATT de 1994.
  • La Cláusula de Habilitación.
  • El artículo V del AGCS.

En general, según la OMC, los ACR deben abarcar lo esencial de los intercambios comerciales, salvo que se concierten al amparo de la Cláusula de Habilitación, y contribuir a una mayor fluidez de los intercambios comerciales entre los interlocutores, sin erigir obstáculos al comercio con el resto del mundo.

En el artículo XXIV del GATT de 1994 se distingue entre las zonas de libre comercio y las uniones aduaneras en función de criterios o condiciones de carácter interno y externo, a saber:

  • Se entiende por zonas de libre comercio un grupo de territorios aduaneros entre los cuales se eliminan los derechos de aduana y las demás reglamentaciones comerciales restrictivas con respecto a los intercambios comerciales de los productos originarios de las partes.
  • Se entiende por uniones aduaneras la sustitución de dos o más territorios aduaneros por un solo territorio aduanero en que los derechos de aduana y las demás reglamentaciones comerciales restrictivas se eliminan con respecto a los intercambios comerciales entre sus miembros, al tiempo que los miembros aplican, con respecto a terceros, derechos de aduana y demás reglamentaciones del comercio que, en sustancia, son idénticos.

ACR

También se permiten los acuerdos provisionales que den lugar a zonas de libre comercio o uniones aduaneras.

Si el establecimiento de un ACR trae consigo un aumento de tipo consolidado del derecho de un Miembro en la OMC, es necesario compensar a los demás Miembros mediante el procedimiento establecido en el artículo XXVIII del GATT («Modificación de las listas»).

La Cláusula de Habilitación se refiere a los acuerdos comerciales preferenciales en la esfera del comercio de mercancías entre países en desarrollo Miembros.

Al mismo tiempo, explica la OMC, la Cláusula permite un sistema generalizado de preferencias sin reciprocidad ni discriminación, concedido por países desarrollados, que redunde en beneficio de los países en desarrollo.

Además permite el establecimiento de Acuerdos de Alcance Parcial (AAP).

En particular, el artículo V del AGCS trata sobre las disposiciones relativas a los acuerdos de integración económica (AIE) que se refieren a los ACR en la esfera de los servicios.

Las disposiciones del AGCS regulan la conclusión de ACR que abarcan el comercio de servicios, tanto para los países desarrollados como para los países en desarrollo.

Constan de un conjunto de condiciones internas y externas que exigen que la liberalización del comercio entre las partes en dichos acuerdos tenga una cobertura sectorial sustancial, que establezca la ausencia o la eliminación, en lo esencial, de toda discriminación entre las partes, en tanto que los países que no son partes no deberán enfrentarse a un nivel global de obstáculos más elevado con respecto al nivel aplicable con anterioridad al ACR.

Todos los ACR deben notificarse a la OMC con fines de transparencia.

 

Publicidad
loading...
Mostrar más
Botón volver arriba