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Comisión Europea investiga restricciones de Mondelēz

La Comisión Europea abrió una investigación antimonopolio formal para evaluar si Mondelēz ha restringido la competencia en una variedad de mercados nacionales de chocolate, galletas y café al obstaculizar el comercio transfronterizo de estos productos entre los Estados miembros de la Unión Europea (UE).

La vicepresidenta ejecutiva, Margrethe Vestager, encargada de la política de competencia, dijo: “Estamos abriendo una investigación formal para ver si Mondelēz, un productor clave de estos productos, podría haber restringido la libre competencia en los mercados en cuestión al implementar varias prácticas que obstaculizan los flujos comerciales, lo que en última instancia conduce a precios más altos para los consumidores.»

Mondelēz es uno de los mayores productores de chocolate, galletas y café de la Unión Europea. Los mercados para la venta de estos productos valen decenas de miles de millones de euros cada año.

A la Comisión le preocupa que Mondelēz pueda haber restringido el llamado «comercio paralelo» de sus chocolates, galletas y café entre los Estados miembros de la UE mediante acuerdos y prácticas unilaterales.

Los comerciantes y minoristas intentan adquirir productos en el mercado interno donde los precios son más bajos y los comercializan en mercados donde los precios son más altos.

Por lo general, esto conduce a descensos de precios en países donde los precios son más altos. Las restricciones a dicho comercio paralelo pueden llevar al aislamiento de un mercado nacional en el que el fabricante o el proveedor pueden cobrar precios más altos en detrimento de los consumidores.

Las restricciones al comercio paralelo también pueden conducir a una menor diversidad de productos.

Mondelēz

En particular, la Comisión investigará determinadas prácticas potencialmente anticompetitivas de Mondelēz, que incluyen:

Posibles limitaciones de los territorios de venta dentro de la UE a través de acuerdos que determinan en qué Estado miembro un comerciante puede o no puede vender los productos, o que restringen las ventas pasivas.

Posible restricción del comercio paralelo a través de acuerdos que elevan los precios o limitan los volúmenes específicamente para los clientes que comercializan los productos en los Estados miembros.

También posibles acuerdos con los clientes para no participar en el comercio paralelo o no adquirir productos del comercio paralelo, entre otras cosas, a cambio de pagos u otras formas de compensación.

Posibles restricciones sobre los idiomas utilizados en los envases, ya sea unilateralmente o mediante acuerdos con comerciantes, creando así fricciones en las ventas a otros Estados miembros de la UE.

Posiblemente negándose a suministrar a determinados comerciantes con el fin de restringir las importaciones en determinados mercados.

Antimonopolio

Si se prueban, los acuerdos y prácticas objeto de investigación pueden crear obstáculos anticompetitivos al comercio dentro del mercado interior de la UE en violación de los artículos 101 y/o el artículo 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

Ahora la Comisión llevará a cabo su investigación en profundidad con carácter prioritario. La apertura de una investigación formal no prejuzga su resultado.

 

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