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Cofece autoriza concentración entre Equinox Gold y Premier Gold Mines

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) autorizó la concentración entre Equinox Gold Corp, i-80 Gold Corp. y Premier Gold Mines Limited.

A manera de introducción, el 2 de enero de 2021, Equinox Gold, Premier Gold Mines Limited e i-80 Gold Corp. notificaron a la Cofece su intención de realizar una concentración, conforme a lo establecido en la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) de México.

Antes, el 16 de diciembre de 2020, Equinox Gold anunció que había celebrado un acuerdo definitivo con Premier Gold Mines Limited, mediante el cual Equinox Gold adquirirá todas las acciones en circulación de Premier, y cada accionista de Premier recibirá 0.1967 de una acción ordinaria de Equinox Gold por cada acción Premier poseída.

Asimismo, Equinox Gold mantendrá el interés de Premier en el proyecto de la mina Hardrock listo para la construcción en Ontario, Canadá; la mina Mercedes en producción en México, y las propiedades Hasaga y Rahill-Bonanza en etapa de exploración en Ontario.

Al mismo tiempo, Premier se dividirá entre sus accionistas participaciones accionarias de una empresa de producción y desarrollo de oro centrada en Estados Unidos de nueva creación que se llamará i-80 Gold Corp., que posee las propiedades South-Arturo y McCoy-Cove de Premier y completará la adquisición previamente anunciada por Premier del Proyecto Getchell.

Simultáneamente o antes con el cierre de la Transacción Premier, i-80 Gold tiene la intención de realizar un financiamiento de hasta 75 millones de dólares. Equinox Gold se ha comprometido a suscribir 30% del monto total del financiamiento hasta un monto máximo de suscripción de 22.5 millones de dólares.

Equinox Gold

La Cofece tiene a su cargo la prevención de concentraciones cuyo objeto o efecto sea disminuir, dañar o impedir la competencia y la libre concurrencia.

También está facultada para impugnar y sancionar aquellas concentraciones y actos jurídicos derivados de éstas, cuyo objeto o efecto sea disminuir, dañar o impedir la competencia y la libre concurrencia, en la producción, distribución y comercialización de bienes y servicios en la República Mexicana.

Por ende, podrá autorizar las concentraciones que no sean contrarias al proceso de competencia y libre concurrencia en términos de la LFCE.

La operación notificada consiste en la adquisición por parte de Equinox Gold de hasta el 100% de las acciones ordinarias emitidas y en circulación de Premier.

Como contraprestación, los accionistas de Premier adquirirán, en conjunto, aproximadamente el 16% de las acciones de Equinox.

A la vez, derivado de la adquisición de Premier, Equinox adquirirá indirectamente: aproximadamente 30%) del capital social de SpinCo y 100% del capital social de ciertas sociedades mexicanas.

 

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