Coca-Cola FEMSA, una compañía dedicada principalmente a producir y embotellar refrescos de las marcas de The Coca-Cola Company, ha enfrentado un endurecimiento de impuestos y derechos en México.
Ante todo, el 1 de enero de 2019, el gobierno mexicano eliminó el derecho de compensar cualquier crédito fiscal contra cualquier impuesto por pagar (compensación universal).
A partir de esta fecha, el derecho a compensar cualquier crédito fiscal deberá efectuarse contra impuestos de la misma naturaleza y pagarse por la misma persona (no podrá compensar los créditos fiscales contra impuestos pagados por terceras personas).
Luego, el 1 de enero de 2020, entró en vigor una nueva reforma fiscal en México.
La reforma introdujo una nueva limitante para la deducción de intereses.
Ahora, solo se puede deducir hasta el 30% de la utilidad neta ajustada. Este cálculo sigue un criterio similar al UAFIRDA, es decir, la utilidad antes de intereses, impuestos, depreciación y amortización.
Sin embargo, hay excepciones. Si los intereses son menores a 20 millones de pesos, pueden deducirse en su totalidad.
Además, los intereses no deducibles por exceder el límite del 30 % pueden acumularse. Estos podrán deducirse durante los siguientes 10 años.
Además, existen reglas más estrictas para categorizar ciertos ingresos provenientes del extranjero y subsidiarias extranjeras que están sujetas a niveles bajos impositivos en comparación al impuesto sobre la renta en México.
Coca-Cola FEMSA: impuestos
También la reforma modificó la cuota por litro del impuesto al consumo (IEPS) para las bebidas saborizadas de 1.17 pesos por litro a 1.2616 pesos por litro, aplicable a la producción, venta e importación de bebidas con azúcar añadida y HFCS (jarabe de maíz con alta fructosa) y comenzando el 1 de enero 2021, este impuesto será sujeto a un incremento anual basado en la inflación del año anterior.
Asimismo, el impuesto al consumo (IEPS) sobre bebidas energizantes del 25.0% será aplicable siempre que las bebidas incluyan una combinación de cafeína con cualquier otra sustancia con efectos estimulantes.
Por último: el Código Fiscal de la Federación (CFF) se modificó para:
- Ampliar el número de casos que pueden dar lugar a la responsabilidad solidaria de socios, accionistas, directores, gerentes y cualquier otro responsable del manejo del negocio.
- Incorporar una nueva obligación de reportar ciertas transacciones a las autoridades fiscales.
- Incrementar la potestad de las autoridades fiscales para limitar los beneficios en situaciones donde considere que hay ausencia de razón de negocios o que no se obtiene ningún beneficio económico, más allá del beneficio fiscal.