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Certificado de origen del T-MEC: 9 elementos mínimos de información

El certificado de origen del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC) requiere tener nueve elementos mínimos de información.

El certificado de origen es uno de los documentos clave para que un bien pueda beneficiarse del trato preferencial que ofrece el T-MEC al ser el medio por el cual un operador acredita su cumplimiento con los requisitos de origen del acuerdo.

Foto: Secretaría de Economía.

Asimismo, el certificado de origen tiene validez de cuatro años a partir de la fecha de su emisión. Opera bajo un esquema de auto-certificación por lo que no se requiere acudir ante alguna autoridad para obtener una nueva certificación.

También se introduce la certificación por el productor e importador, este último para México, sujeto a un periodo de transición para su implementación.

Certificado de origen

Una certificación de origen que sea la base para efectuar una solicitud de trato arancelario preferencial conforme a este Tratado deberá incluir los siguientes elementos:

  1. Certificación de Origen por el Importador, Exportador o Productor

Indique si el certificador es el exportador, productor o importador de conformidad con el

Artículo 5.2 (Solicitudes de Trato Arancelario Preferencial).

  1. Certificador

Proporcione el nombre, cargo, dirección (incluido el país), número telefónico y dirección de correo electrónico del certificador.

  1. Exportador

Proporcione el nombre, dirección (incluido el país), dirección de correo electrónico y número telefónico del exportador, de ser distinto del certificador. Esta información no será requerida si el productor está llenando la certificación de origen y desconoce la identidad del exportador. La dirección del exportador será el lugar de exportación de la mercancía en el territorio de una de las Partes.

  1. Productor

Proporcione el nombre, dirección (incluido el país), dirección de correo electrónico y, número telefónico del productor, de ser distinto del certificador o exportador o, si hay múltiples productores, indique “Varios” o proporcione una lista de productores. Una persona que desea que esta información se mantenga confidencial podrá indicar “Disponible a solicitud de las autoridades importadoras”. La dirección del productor será el lugar de producción de la mercancía en el territorio de una de las Partes.

  1. Importador

Proporcione, de conocerse, el nombre, dirección, dirección de correo electrónico y número telefónico del importador. La dirección del importador será en el territorio de una de las Partes.

  1. Descripción y Clasificación Arancelaria de la Mercancía en el SA 5-A-2

(a) Proporcione una descripción de la mercancía y la clasificación arancelaria en el SA de la mercancía a nivel de 6 dígitos. La descripción debería ser suficiente para relacionarla con la mercancía amparada por la certificación; y

(b) Si la certificación de origen ampara un solo embarque de una mercancía, indique, de conocerse, el número de la factura relacionada con la exportación.

  1. Criterio de Origen

Especifique la regla de origen conforme a la cual la mercancía califica, según se establece en el Artículo 4.2 (Mercancías Originarias).

  1. Período Global

Incluya el período si la certificación ampara múltiples embarques de mercancías idénticas para un plazo especificado de hasta 12 meses según se establece en el Artículo 5.2 (Solicitudes de Trato Arancelario Preferencial).

  1. Firma Autorizada y Fecha

La certificación debe ser firmada y fechada por el certificador e ir acompañada de la siguiente declaración:

Certifico que las mercancías descritas en este documento califican como originarias y que la información contenida en este documento es verdadera y exacta. Asumo la responsabilidad de comprobar lo aquí declarado y me comprometo a conservar y presentar en caso de ser requerido o a poner a disposición durante una visita de verificación, la documentación necesaria que soporte esta certificación.

Otras consideraciones con certificado de origen

A partir del 1 de julio de 2020, se podrá solicitar trato arancelario preferencial bajo el T-MEC. Para ello el importador requerirá contar con un Certificado de Origen conforme al Anexo 5-A del T-MEC, llenada por el exportador, productor o importador.

La certificación de origen por parte del importador, entrará en vigencia en México, a más tardar tres años y seis meses posteriores a la entrada en vigor del T-MEC.

Nuevo tratado

El Capítulo 5 Procedimientos de Origen del T-MEC establece disposiciones relacionadas, entre otras, con la certificación de origen.

El objetivo de nuestro país en este capítulo fue el de modernizar los esquemas de certificación y verificación de origen, de acuerdo a las necesidades del siglo XXI y promover su aplicación efectiva en el nuevo acuerdo.

El certificado de origen es uno de los documentos clave para que un bien pueda beneficiarse del trato preferencial que ofrece el T-MEC al ser el medio por el cual un operador acredita su cumplimiento con los requisitos de origen del acuerdo.

En este capítulo se moderniza el esquema de certificación, se elimina el formato del certificado de origen y se permite la certificación en factura o en cualquier otro documento comercial, siempre que se declaren datos mínimos de información.

 

pleca

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