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Aranceles de represalia al acero: la respuesta de México a Estados Unidos

México impondrá aranceles de represalia a las importaciones estadounidenses de ciertos tipos de acero, si la administración del presidente Joe Biden determina fijar aranceles a productos de acero mexicano.

Esa fue la advertencia que emitió Raquel Buenrostro, secretaria de Economía de México, en una conferencia de prensa.

También fue la respuesta a la posibilidad que abrió Katherine Tai, representante comercial de Estados Unidos, de establecer un arancel de 25% a las importaciones estadounidenses de algunos productos de acero procedentes de México, presuntamente triangulados de otros países.

Buenrostro negó esas prácticas y destacó una serie de medidas tomadas por México para mantener un comercio leal con su vecino del norte.

En febrero de 2023, Biden anunció aumentos adicionales a los aranceles normales de hasta 70% sobre ciertos productos de Rusia, incluido el arrabio, ciertos productos de acero y ferroaleaciones, a partir del 1 de abril de 2023.

Al mismo tiempo, se siguen aplicando aranceles adicionales de 7.5 a 25% a ciertas importaciones estadounidenses procedentes de China, incluidas ciertas materias primas utilizadas en la producción de acero, productos de acero semiacabados y acabados, y productos transformados intensivos en acero, de conformidad con la Sección 301 de la Ley de Comercio de Estados Unidos. 1974. 

La Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR) está llevando a cabo actualmente una revisión legal de los aranceles de la Sección 301.

Aranceles de represalia

Entre las acciones de México están las siguientes: 

Los aranceles de represalia son medidas comerciales que un país adopta como respuesta a acciones desfavorables por parte de otro país. 

Estas acciones pueden incluir políticas comerciales injustas, restricciones comerciales indebidas o cualquier otra práctica que el país considere perjudicial para sus intereses comerciales.

El Departamento de Comercio de Estados Unidos está gestionando un proceso en el que las empresas estadounidenses pueden solicitar y/u oponerse a exclusiones temporales de productos de los aranceles y cuotas de la Sección 232. 

Múltiples impugnaciones legales a la acción de la Sección 232 continúan ante la Corte de Comercio Internacional (CIT) de Estados Unidos y el Tribunal de Apelaciones del Circuito Federal (CAFC) de Estados Unidos, este último ha rechazado sistemáticamente las impugnaciones constitucionales y legales a la acción de la Sección 232. 

En la Organización Mundial del Comercio (OMC) continúan varios desafíos a la acción de la Sección 232 y las represalias a la misma.

 

Redacción Opportimes

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