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La Cepal cuestiona legalidad de alzas arancelaria en Estados Unidos 

22 enero, 2026
Comercio
ECLAC questions legality of tariff increases in the United States
Photo: Unsplash.

La Cepal cuestionó la legalidad de las alzas arancelarias en Estados Unidos. Señaló que las medidas aplicadas en 2025 podrían contravenir los compromisos asumidos por ese país como miembro de la Organización Mundial de Comercio, según su informe Perspectivas del Comercio Internacional 2025.

En primer lugar, el organismo advirtió que los aranceles vigentes superan los niveles consolidados comprometidos en la OMC. En promedio, esos topes son de 4.8% para productos agrícolas y de 3.2% para bienes no agrícolas.

Además, la Cepal subrayó que la aplicación de aranceles diferenciados a un mismo producto, según su país de origen, contraviene el principio de Nación Más Favorecida. Este principio obliga a otorgar el mismo trato arancelario a todos los miembros.

 Alzas arancelarias en Estados Unidos

En el marco de la OMC, cada país fija límites máximos a sus aranceles y debe aplicar esas tarifas de manera uniforme. Sin embargo, las recientes medidas estadounidenses alteran ese esquema, al introducir excepciones y diferencias que afectan el comercio multilateral.

Según estimaciones de la OMC, la proporción del comercio mundial de bienes bajo condiciones de Nación Más Favorecida cayó de 80% a inicios de 2025 a 72% en septiembre del mismo año, como resultado de las alzas arancelarias y acuerdos bilaterales anunciados por Estados Unidos.

Fuera del ámbito multilateral, la Cepal indicó que las alzas también han anulado condiciones de acceso al mercado estadounidense pactadas en acuerdos de libre comercio con Chile, Colombia, Panamá y Perú, así como en el acuerdo con Centroamérica y República Dominicana.

Corte suprema

La única excepción identificada es el T-MEC. Los productos que cumplen con su régimen de origen continúan exentos de aranceles, lo que preserva las condiciones pactadas entre México, Estados Unidos y Canadá.

Asimismo, el informe destacó que todas las alzas arancelarias se implementaron sin intervención del Congreso. El Poder Ejecutivo las justificó como respuesta a emergencias nacionales, invocando la Ley de Expansión del Comercio Exterior de 1962 y la ley de 1977 sobre emergencias internacionales.

En ese contexto, la interpretación amplia de esta última norma para imponer “aranceles recíprocos” resultó especialmente controvertida. El Tribunal de Comercio Internacional los declaró ilegales el 28 de mayo, fallo ratificado el 29 de agosto por un tribunal de apelaciones.

No obstante, los aranceles se mantendrán vigentes mientras se analiza la apelación ante la Corte Suprema, proceso previsto para iniciar en noviembre de 2025. Mientras tanto, la estructura arancelaria estadounidense combina un arancel base de 10%, tarifas recíprocas de hasta 50%, gravámenes sectoriales y listas de exclusión.

 

Imagen cortesía de Redacción Opportimes | Opportimes