El gobierno de México propuso nuevos límites en el régimen de depósito fiscal en los Almacenes Generales de Depósito.
En la reforma a la Ley Aduanera, el gobierno propone que las mercancías lleguen al almacén general de depósito en un máximo de 20 días naturales.
De no ser así, las operaciones se deberán cambiar al régimen de importación definitiva y pagar las contribuciones y cuotas compensatorias correspondientes. Además, solo se permitirá el cambio de régimen o transferencia si las mercancías llegan dentro del plazo.
Almacenes Generales de Depósito
México ocupó la décima posición entre los mayores exportadores e importadores de productos del mundo en 2024, de acuerdo con datos de la Organización Mundial de Comercio (OMC). Sus ventas externas fueron de 617,000 millones de dólares y sus compras foráneas totalizaron 644,000 millones. En ambos casos tuvo crecimientos interanuales de 4 por ciento.
¿Qué son los Almacenes Generales de Depósito? Entidades autorizadas por el gobierno mexicano para custodiar bienes o mercancías, emitir certificados de depósito y servir como garantía en financiamientos. Operan bodegas propias o habilitadas y están regulados y supervisados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Como caso ilustrativo, un productor agrícola deposita su cosecha en un Almacén General de Depósito, que emite un certificado de depósito. Con este documento, el productor obtiene un crédito en una institución financiera, usando la mercancía como garantía para financiar su próxima siembra.
Abandono de mercancías
La nueva iniciativa de ley propone otro cambio clave en el régimen de depósito fiscal. El plazo para reportar sobrantes o faltantes de mercancías se reduciría drásticamente: de 20 días a solo 24 horas.
La medida aplicaría tanto a los almacenes generales como a los titulares de locales de exposiciones. Si no cumplen con este nuevo plazo, no podrán recibir nuevas cartas cupo. Es decir, no se les autorizará el ingreso de más mercancías bajo este régimen.
La iniciativa también plantea cambios en el proceso de notificación personal. Ahora se permitiría notificar no solo al propietario, sino también al consignatario de las mercancías.
Además, se definen los casos en los que esta notificación no sea posible. En esas situaciones, la autoridad aduanera podrá notificar por estrados. Esto aceleraría los procedimientos para declarar el abandono de mercancías y facilitaría su disposición.
Con esta reforma, se busca reducir el volumen de bienes en abandono. También se pretende agilizar su liberación y disminuir la carga administrativa para la autoridad.