En el panel laboral sobre Atento, la Secretaría de Economía de México pidió sensatez tras conocerse el fallo en el marco del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).
El T-MEC entró en vigor el 1 de julio de 2020. Sustituyó al Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN), vigente desde 1994.
Incluye reglas renovadas para proteger los derechos de los trabajadores y garantizar su cumplimiento.
Además, incorpora un mecanismo innovador de respuesta rápida. Este permite que un panel independiente investigue la negación de derechos laborales en “instalaciones cubiertas”, sin depender de inspecciones gubernamentales.
Panel laboral sobre Atento
El panel laboral del T-MEC determinó que Atento Servicios violó derechos sindicales en su call center en Hidalgo: despidió organizadores, generó un clima de miedo y promovió un sindicato alternativo. Además, consideró insuficientes las medidas tomadas por México para reparar el daño.
El 21 de agosto de 2025, el Panel del T-MEC concluyó que Atento Servicios negó derechos laborales en sus sedes de Pachuca I e Interplaza. Determinó que las medidas correctivas implementadas por la empresa resultaron insuficientes para reparar la violación.
“El Gobierno de México no comparte la determinación del Panel, al considerar que las acciones también emprendidas por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) se ajustaron a lo dispuesto en la legislación nacional, en los compromisos internacionales asumidos por el país y en el principio de buena fe”, dijo la Secretaría de Economía en un comunicado de prensa.
Libertad sindical
El Gobierno de México expresó su preocupación. Señaló que el Panel no evaluó todos los argumentos presentados, incluida una objeción jurisdiccional. Además, introdujo puntos no planteados por las partes y omitió elementos clave.
Entre ellos, mencionó la asignación de la carga de la prueba según las Reglas de Procedimiento. También, la interpretación del Tratado conforme a la Convención de Viena, la revisión interna de la STPS y la pertinencia de las medidas de reparación.
Aun así, destacó que el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en Instalaciones Específicas representa un avance. Consideró que impulsa el respeto a los derechos laborales en acuerdos comerciales. Además, ha favorecido la libertad sindical y procesos democráticos, aunque persisten retos en algunos centros de trabajo.
“No obstante, para conservarlo como una herramienta legítima, es indispensable que su aplicación se lleve a cabo con sensatez, equilibrio y conforme a los principios de buena fe y en apego a lo acordado por las Partes, tanto en el T-MEC como en las Reglas de Procedimiento. Su uso debe fortalecer las estructuras institucionales nacionales, sin afectar las decisiones soberanas adoptadas por México en la protección de los derechos laborales”, argumentó la Secretaría de Economía.