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Ventajas del Acuerdo de Continuidad Comercial entre México y Reino Unido

Un informe de la Organización Mundial de Comercio (OMC) detalló las ventajas del Acuerdo de Continuidad Comercial entre México y el Reino Unido (Acuerdo).

Este acuerdo sustituyó al Acuerdo de Asociación Económica, Concertación Política y Cooperación entre México y la Unión Europea (Acuerdo Global).

Así, el promedio global de los tipos NMF aplicados en 2021 por el Reino Unido fue de 3.8% (2.5% en el caso de los productos industriales y 8.9% en el de los productos agrícolas).

En régimen NMF, 47% del Arancel del Reino Unido estaba libre de arancel; 57.1% de los productos industriales y 18.8% de los productos agrícolas estaban libres de arancel.

En virtud del Acuerdo, en 2021, los exportadores de México se beneficiaban de un margen absoluto de preferencia de 3.3% con respecto al arancel NMF vigente; un margen de 2.48% para los productos industriales y de 6.8% para los productos agrícolas.

Asimismo, en virtud del Acuerdo, la proporción de líneas libres de arancel para las importaciones procedentes de México era en 2021 de 90.8% (66.1% en el caso de los productos agrícolas y 99.7% en el de los productos industriales).

Acuerdo de Continuidad Comercial

A la inversa, en 2021, el promedio global de los tipos NMF aplicados por México fue de 6.7% (de 5.5% para los productos industriales y de 14.2% para los productos agrícolas).

En régimen NMF, 47.4% del Arancel de México estaba libre de arancel; 52.8% de los productos industriales y 14.6% de los productos agrícolas estaban libres de arancel.

En virtud del Acuerdo, en 2021, los exportadores del Reino Unido se beneficiaban de un margen absoluto de preferencia de 6.1% con respecto al arancel NMF vigente; un margen de 5.5% para los productos industriales y de 10% para los productos agrícolas.

También en virtud del Acuerdo, en 2021, la proporción de líneas libres de arancel para las importaciones procedentes del Reino Unido era de 96.2% (76.7% para los productos agrícolas y 99.4% para los productos industriales).

Comercio bilateral

Anteriormente, las relaciones comerciales entre el Reino Unido y México se regían por el Acuerdo Global, modificado, que llevaba aplicándose desde el 1 de julio de 2000 (con respecto al comercio de mercancías), y desde el 1 de octubre de ese mismo año (con respecto al comercio de servicios). El Acuerdo Global dejó de aplicarse al Reino Unido el 1 de enero de 2021.

Por último, el Acuerdo es uno de los 38 Acuerdos Comerciales Regionales (ACR) del Reino Unido y uno de los 23 de México.

Se firmó el 15 de diciembre de 2020 y entró en vigor el 1 de junio de 2021; entre el 1 de enero de 2021 y la fecha de entrada en vigor del Acuerdo se otorgaron provisionalmente preferencias, mediante un canje de Notas entre las Partes.

 

Redacción Opportimes

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