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América del NorteComercio

TLCAN: solución de controversias vigentes

Las disposiciones de solución de controversias del Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN) se encuentran en el Capítulo 11 (Inversiones), el Capítulo 19 (Revisión y solución de controversias en materia de antidumping y derechos compensatorios) y el Capítulo 20 (Solución de controversias entre Estados).

Durante 2021, hubo un total de nueve casos pendientes presentados en virtud del Capítulo 11, incluidos tres casos contra Canadá por parte de inversores estadounidenses; cuatro casos presentados contra México (tres presentados por inversores estadounidenses y uno por inversores canadienses); y dos casos presentados contra Estados Unidos (uno presentado por inversores canadienses y mexicanos, y uno presentado por inversores canadienses).

De acuerdo con el Anexo 14-C del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC, sucesor del TLCAN), que aborda la transición entre el TLCAN y el T-MEC para las controversias entre inversores y Estados, estos casos pueden proceder hasta su conclusión de acuerdo con el Capítulo 11 del TLCAN. En 2021 no había disputas pendientes bajo el Capítulo 20 (Solución de Controversias Estado-Estado).

Estados Unidos, México y Canadá llegaron a un acuerdo para modernizar el TLCAN en septiembre de 2018. La entrada en vigor del T-MEC redujo la incertidumbre y la percepción de riesgo hacia México y podría atraer potencialmente mayores inversiones al país.

Al 31 de diciembre de 2021, quedaban siete paneles binacionales activos bajo el Capítulo 19 del TLCAN. Dos de ellos se referían a las determinaciones de la USITC sobre el acero estructural fabricado en Canadá y México.

TLCAN

Otros casos activos del Capítulo 19 incluyen impugnaciones a las determinaciones antidumping del Departamento de Comercio de Estados Unidos (USDOC) sobre acero estructural fabricado procedente de Canadá, tubos rectangulares de pared ligera procedentes de México y madera blanda procedente de Canadá; una impugnación a la orden de derechos antidumping y compensatorios del USDOC sobre madera blanda procedente de Canadá; y una impugnación a la determinación final antidumping de la autoridad investigadora mexicana sobre el sulfato de amonio procedente de Estados Unidos.

De conformidad con el Capítulo 34 del T-MEC, que establece las disposiciones transitorias del TLCAN, estas revisiones del panel pueden proceder hasta su finalización de acuerdo con el Capítulo 19 del TLCAN.

El T-MEC es uno de los acuerdos comerciales más importantes del mundo, y contribuye a una conexión intraindustrial entre los tres países. Los tres presidentes de Estados Unidos, Donald Trump, y de México, Andrés Manuel López Obrador de México, y el primer ministro de Canadá, Justin Trudeau, lo firmaron en julio de 2020.

 

Redacción Opportimes

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