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Logística

T-MEC: los cambios en la administración aduanera y facilitación del comercio

El Capítulo 7 del T-MEC tiene como objetivo facilitar y agilizar el movimiento, levante y despacho de mercancías en las aduanas, así como transparentar los procedimientos administrativos.

Desde la perspectiva de la Secretaría de Economía, las medidas dispuestas permitirán reducir los costos derivados de las operaciones aduaneras, dinamizando los intercambios comerciales, a través de una rápida circulación de mercancías en las fronteras y facilitando el control de la cadena logística.

A nivel regional, México es miembro del T-MEC, que reemplazó al TLCAN en 2018.

Idealmente, el T-MEC, firmado por los presidentes de México, Estados Unidos y Canadá el 30 de noviembre de 2018, tiene como objetivo modernizar la relación de libre comercio entre tres países mediante el apoyo a un comercio mutuamente beneficioso que conduzca a mercados más libres y justos y a un crecimiento económico sólido en la región.

El 19 de junio de 2019, el Senado de México ratificó el T-MEC, y el 10 de diciembre de ese mismo año, representantes de los tres países firmaron el Protocolo Modificatorio del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá.

El Protocolo Modificatorio incluye cambios a las disposiciones del  Tratado relacionadas con el trabajo, el medio ambiente y la resolución de disputas.

El T-MEC, modificado por el Protocolo Modificatorio, ha sido ratificado por México y entró en vigor a partir de julio de 2020.

T-MEC

El Tratado contempla disposiciones sobre facilitación comercial relativas a:

  • Emisión de resoluciones anticipadas; acceso a información sobre la importación, exportación y tránsito de mercancías; despachos simplificados para envíos urgentes; ventanilla única para facilitar el envío de los documentos e inspecciones conjuntas por parte de autoridades en cruces fronterizos.
  • Compromisos de coordinación entre los organismos que intervienen en los cruces fronterizos, así como acciones para mejorar las prácticas en el combate de ilícitos aduaneros y discutir iniciativas conjuntas en temas de preocupación mutua.

En materia de cooperación y cumplimiento aduanero (enforcement), comprende las siguientes acciones:

  • Cooperación regional y bilateral, para mejorar la coordinación entre aduanas y promover iniciativas de detección y prevención de delitos aduaneros.
  • Intercambio de información que permita prevenir delitos aduaneros.
  • Colaboración entre autoridades aduaneras para verificación y obtención de documentos y realización de visitas a empresas.
  • Establecimiento de un Subcomité de Aduanas, que abordará temas relacionados con delitos aduaneros potenciales o reales, e iniciativas conjuntas en temas de interés mutuo.

 

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