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Secretaría de Economía de México precisa cupo de azúcar a EU

La Secretaría de Economía de México informó que el cupo de azúcar para exportaciones a Estados Unidos totaliza 150,000 toneladas del 1 de octubre de 2021 al 31 de marzo de 2022.

Desde 2014, el comercio de azúcar entre Estados Unidos y México se gestiona bajo los Acuerdos de Suspensión entre los dos países.

El azúcar puede derivar de la caña de azúcar o de remolacha y el cupo está regulado en parte de conformidad con el punto 14 del Acuerdo por el que se sujeta a permiso previo de exportación de azúcar publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de octubre de 2017.

Así, la Secretaría de Economía publicó un aviso mediante el cual se da a conocer el monto extraordinario del cupo para exportar azúcar a los Estados Unidos, en el periodo citado, por 150,000 toneladas cortas valor crudo de azúcar.

Cupo

Los acuerdos suspendieron las investigaciones antidumping y de derechos compensatorios de las importaciones de azúcar de México y se revisan y renuevan según lo determine el Departamento de Comercio de Estados Unidos cada cinco años.

El acuerdo de derechos compensatorios contiene disposiciones para evitar un exceso de oferta de azúcar en el mercado de Estados Unidos, con límites de exportación (cuotas) calculados sobre las necesidades de azúcar de Estados Unidos, según lo determinado por el Departamento de Agricultura y publicado en los informes de Oferta y Demanda Mundial de Agricultura.

El límite de exportación de México se establece en 100% de las necesidades de Estados Unidos después de contabilizar la producción y las importaciones estadounidenses desde países con cuotas arancelarias (según los compromisos en la Organización Mundial del Comercio)

Otras consideraciones

Los totales de los años calendario son significativos en el análisis para proporcionar información sobre las proyecciones del año fiscal por dos razones.

Primero, las entregas del año calendario han sido menos volátiles que los totales del año fiscal.

Esto se debe a que el inicio del año fiscal del 1 de octubre cae durante la temporada alta para entregas, ya que se están realizando envíos antes de la temporada de vacaciones.

También cae durante el inicio de la campaña de comercialización de la remolacha azucarera, ya que muchos procesadores comienzan la transición de la producción temprana de azúcar de remolacha a la cosecha de remolacha almacenada en pilas para la campaña de rebanado de invierno.

Finalmente, el inicio del año fiscal del 1 de octubre llega al final de la temporada de huracanes.

Las tormentas que afectan las regiones productoras de caña de azúcar o las áreas de instalaciones de refinación de grandes puertos pueden afectar la capacidad de refinación o la logística.

Asimismo, los cambios en las entregas del año fiscal pueden reflejar eventos en una o varias de estas instancias que pueden enmascarar u ocultar cambios en la demanda subyacente.

La segunda razón, y un tanto relacionada, para analizar los totales del año calendario es que la comercialización del azúcar generalmente opera en base al año calendario.

Muchos contratos entre vendedores y compradores de azúcar que establecen términos, incluidos los volúmenes y la base para la fijación de precios, se estructuran en un año calendario.

Como resultado, es probable que los cambios en la demanda o en la estructura del mercado sean más evidentes al evaluar el mercado en el mismo período de tiempo que la mayoría de los contratos y acuerdos de comercialización.

 

Redacción Opportimes

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