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Mercados

Sagarpa y SE iniciarán consulta para normas de queso, leche en polvo y yogurt

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Las secretarías de Agricultura (Sagarpa) y de Economía (SE) anunciaron que publicarán los proyectos de tres Normas Oficiales Mexicanas (NOM) para recibir comentarios en un periodo de 60 días en una consulta pública.

Ambas dependencias publicarán estos proyectos en los próximos días en el Diario Oficial de la Federación (DOF).

Una vez que sean publicadas, estas NOM generarán certeza y mejores condiciones de competencia en el mercado, ya que el consumidor final podrá identificar y diferenciar los insumos con los que fueron elaborados los productos que se ostentan como queso o yogurt, y disminuirán los riesgos de adulteración de los mismos.

En el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-181-SCFI/SAGARPA-2017, se establecerá la denominación, las especificaciones fisicoquímicas, microbiológicas y la información comercial que debe cumplir el yogurt, así como los métodos de prueba que deben aplicarse para comprobar dichas especificaciones.

Esta norma da lugar a parámetros de proteína superiores a los existentes en la norma vigente, a la vez que describe y especifica las características de calidad de las variedades de este producto que existen en el mercado.

Asimismo, se publicará el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-222-SCFI/SAGARPA-2017, que establece las características de la leche en polvo o deshidratada, que se comercializan como materia prima dentro del territorio mexicano, y define las especificaciones fisicoquímicas, información comercial y métodos de prueba, lo que será aplicable a los diferentes tipos de leche en polvo o deshidratada.

La NOM de leche en polvo no servirá únicamente para la regulación del producto de importación, sino que sienta las bases en términos de calidad para los proyectos productivos de elaboración de leche deshidratada que están siendo impulsados por la Sagarpa.

El Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-223-SCFI/SAGARPA-2017, tiene como objetivo establecer las denominaciones y especificaciones fisicoquímicas que debe cumplir el queso para ostentar dicha denominación, los métodos de prueba para demostrar su cumplimiento y la información que deben contener las etiquetas de los productos que se comercialicen dentro del territorio nacional. La NOM permitirá proteger a los consumidores y al sector productivo, porque sólo podrán llevar este nombre los que sean elaborados con proteínas y grasa de leche.

 

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