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Mercados

La Unión Europea abre contratación pública en sus TLC

La Unión Europea ha abierto los mercados de contratación pública en sus recientes Tratados de Libre Comercio (TLC), incluido el que acaba de cerrar, a manera de acuerdo en principio, con el Mercosur.

El TLC entre la Unión Europea y Brasil abrirá mercados en ambos lados y proporcionará, en el área de bienes y servicios (incluidos los servicios de construcción), acceso legal recíproco seguro a los mercados de contratación pública donde los contratos de contratación pública están por encima de los umbrales especificados.

En general, las empresas de los países de la Unión Europea competirán con las compañías de los países del Mercosur en igualdad de condiciones para la contratación cubierta por el acuerdo: los primeros países que no son Mercosur que pueden hacerlo.

Así, las adquisiciones cubiertas por el acuerdo cubren bienes, servicios y obras compradas por entidades públicas a nivel federal/central.

También Brasil y Argentina comprometieron contratos de concesiones de trabajo con las mismas entidades (por ejemplo, contratos para construir una carretera donde el constructor recibe una remuneración a través de peajes).

Contratación pública con México

Las empresas de la Unión Europea podrán participar en las compras públicas que realicen estados de México que representen 62.5% del Producto Interno Bruto (PIB) mexicano.

Esto forma parte de un acuerdo en principio firmado por la Unión Europea y México como parte de las negociaciones para actualizar el Tratado de Libre Comercio entre ambos (TLCUEM).

Los partidarios de ampliar las posibilidades de la contratación en los tratados de libre comercio argumentan que ello abre oportunidades a las empresas e influye para hacer un uso más eficiente de los fondos públicos. Sin embargo, otras partes interesadas sostienen que la contratación pública debería beneficiar principalmente a las industrias nacionales.

TLC con Canadá

El Acuerdo Económico y Comercial Global es un acuerdo comercial entre el Canadá y la Unión Europea que empezó a aplicarse provisionalmente el 21 de septiembre de 2017 e incluye un capítulo, el 19, dedicado a la contratación pública.

En este capítulo se especifican las esferas en las que las empresas de la Unión Europea y de Canadá pueden ofrecer bienes y servicios a los gobiernos de todos los niveles de las dos partes: gobiernos nacionales, regionales y provinciales, y locales.

Igualmente se indican las normas específicas que deben cumplirse: el valor de los bienes, servicios o servicios de construcción de que se trata y los bienes, servicios y servicios de construcción abarcados.

En este Acuerdo, el Canadá y la Unión Europea se comprometen a abrir la contratación de una amplia gama de entidades gubernamentales y a garantizar que sus respectivas actividades de contratación se realizan de una forma no discriminatoria, imparcial y transparente.

El Canadá, como signatario del AECG, convino en ofrecer a los proveedores de la UE igualdad de oportunidades para competir en la contratación pública de bienes y servicios, incluidos servicios de construcción, de una amplia gama de entidades públicas canadienses en los niveles federal, provincial y municipal.

En virtud del Acuerdo, la contratación en la Unión Europea también se abre en los niveles central, regional y local.

 

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