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Mercados

La Cofece investiga al mercado del azúcar en México

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) inició una investigación de oficio por la posible comisión de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de la producción, comercialización y distribución de azúcar en el territorio nacional.

La Cofece informó tuvo conocimiento de hechos que derivan en la posible realización de conductas de prácticas monopólicas absolutas previstas por el artículo 53 de la Ley Federal de Competencia Económica, así como por el artículo 9° de la Ley Federal de Competencia Económica.

Por consiguiente, la Comisión dijo contar con elementos suficientes para el inicio de una investigación, toda vez que existe una causa objetiva que pudiese indicar la existencia de posibles prácticas monopólicas absolutas previstas en el artículo 53 de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).

Por lo anterior, se inicia la investigación de oficio identificada con el número de expediente IO-006-2017, con el objeto de determinar si se han o no actualizado o si se están o no actualizando las conductas previstas en el artículo 53 de la LFCE, y posiblemente en el artículo 9o. de la Ley Anterior; y en su caso, las demás conductas prohibidas por los ordenamientos anteriormente mencionados de las que tenga conocimiento la Comisión en virtud de la investigación.

Lo anterior, en la inteligencia de que los actos que puedan constituir violaciones a la LFCE y a la Ley Anterior, habrán de determinarse, en su caso, en el dictamen de probable responsabilidad a que se refieren los artículos 79 y 80 de la LFCE.

El presente acuerdo se refiere únicamente al inicio de un procedimiento de investigación, el cual es de carácter administrativo, en el que aún no se han identificado en definitiva los actos que, en su caso, pueden constituir una violación a la LFCE o a Ley Anterior, ni está determinando en definitiva el o los sujetos a quien o quienes, en su caso, se les deberá oír en defensa como probables responsables de una infracción a la misma.

El procedimiento no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno.

 

pleca

 

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