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Inversiones

Promulgan acuerdo entre México y Kuwait

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La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) publicó hoy, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), un decreto por el que promulga el Acuerdo para la Promoción y Protección Recíproca de las Inversiones entre México y Kuwait (APPRI).

El acuerdo es resultado de una serie de acciones del gobierno federal que tienen el objetivo de integrar más a México con las naciones de Asia Occidental, así como de promover capitales de fondos de inversión de esa región para financiar, entre otros rubros, obras de infraestructura y energéticas.

Kuwait dos

La consultoría Iqom difundió que la suscripción de este APPRI forma parte de una estrategia del gobierno de México para otorgar a los inversionistas mexicanos y a los extranjeros un marco jurídico que fortalezca la protección a la inversión extranjera en México, así como la inversión mexicana en el exterior

La empresa mexicana Tenaris Tamsa informó en enero que buscará mantener en forma permanente su proveeduría de tubos de acero para el sector petrolero del Medio Oriente, al cual consideró un mercado “sumamente atractivo”.

Tenaris Tamsa cerró un contrato por 150 millones de dólares con la petrolera Kuwait Oil Company para proveerle tubería y conexiones para perforación profunda en proyectos de gas en los próximos dos años, y con ello se convirtió en la pionera en operar en el Medio Oriente entre las acereras mexicanas.

El contrato consiste en proveer tubería de perforación ultra-profunda, de entre 2,500 y 3,000 metros de profundidad, que se realiza con la unión de tubos de 12 metros y temperaturas, operaciones y aleaciones especiales.

Con los APPRI se busca minimizar los riesgos políticos y proporcionar una mayor seguridad jurídica al inversor mediante el reconocimiento, por los dos países signatarios, de determinadas obligaciones y garantías a las inversiones efectuadas en ambos sentidos.

Un APPRI ayuda a que si un empresario es afectado en sus operaciones en otro país, evite acogerse a las leyes federales y locales de la nación en la estableció sus capitales, para someterse a tribunales internacionales. También concede trato no discriminatorio a los inversionistas y permite la transferencia libre de capitales y rendimientos sobre las inversiones.

México suma 29 acuerdos bilaterales de inversión con países entre los que se encuentran: Argentina, Cuba, Panamá, Trinidad y Tobago, Uruguay, Alemania, Austria, Belarús, Dinamarca, España, Eslovaquia, Finlandia, Francia, Islandia y Grecia.

Kuwait tres

Iqom detalló que las disciplinas centrales de los APPRIs son las siguientes:

Trato nacional.- Las partes se comprometen a otorgar a los inversores e inversiones de la otra parte un trato no menos favorable del que confieren a los propios en circunstancias similares. Generalmente esto incluye la administración, mantenimiento, uso, disfrute y venta de las inversiones en el territorio del país receptor de la inversión.

Nación más favorecida.- Las partes se comprometen a otorgar a los inversionistas e inversiones de la otra parte, un trato no menos favorable del que concedan a los nacionales de terceros países.

Nacionalización y expropiación.- Ninguna de las partes podrá expropiar o nacionalizar las inversiones extranjeras, salvo que sea por causa de utilidad pública; que la medida se efectúe sobre bases no discriminatorias y con apego al principio de legalidad. Se establecen disciplinas para regular el pago de una indemnización equivalente al justo valor de mercado de la inversión objeto de expropiación.

Nivel mínimo de trato.- Las partes se obligan a otorgar a las inversiones extranjeras, un nivel de trato acorde con el derecho internacional consuetudinario, lo que también incluye un trato justo y equitativo.

Solución de controversias. Los inversionistas de cada una de las partes tienen la oportunidad de resolver sus controversias con el Estado receptor de la inversión, por la vía de un tribunal arbitral internacional imparcial que tiene la facultad de dictar un laudo.

De resultar ganador el inversionista, puede obtener una indemnización pecuniaria en caso de que el estado receptor haya violado el acuerdo, o inclusive la restitución de su inversión en caso de que una expropiación no haya sido conforme a las disciplinas del APPRI en cuestión.

Adicionalmente, los APPRIS cuentan con un mecanismo para la solución de diferencias Estado-Estado.

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