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Piden 8 empresas cuotas compensatorias a importaciones de bicicletas de China

A petición de ocho empresas, el gobierno de México inicio el procedimiento administrativo de examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de bicicletas para niños originarias de China.

La Secretaría de Economía fijó como periodo de examen el comprendido del 1 de octubre de 2019 al 30 de septiembre de 2020 y como periodo de análisis del 1 de octubre de 2015 al 30 de septiembre de 2020.

El 10 de noviembre de 2020, la Asociación Nacional de Fabricantes de Bicicletas, A.C. (ANAFABI) y las productoras nacionales Distribuidora de Bicicletas Benotto, Motos y Bicicletas Goray, Bicicletas Mercurio, Bicicletas Supermex, Bicicletas Veloci, Corporativo La Bici, Bicicletas Cinelli y Rebimo de Guadalajara manifestaron su interés en que la Secretaría de Economía inicie el examen de vigencia de la cuota compensatoria definitiva impuesta a las importaciones de bicicletas para niños originarias de China.

Las ocho son empresas constituidas conforme a las leyes mexicanas. Su principal actividad consiste en la fabricación y venta de bicicletas.

Para acreditar su calidad de productores nacionales de bicicletas para niños, dichas empresas presentaron una carta de la Asociación Nacional de Fabricantes de Bicicletas, A.C. del 12 de noviembre de 2020, que así las acredita.

Por su parte, la ANAFABI es una asociación civil constituida conforme a las leyes mexicanas. Su principal actividad consiste en representar los intereses generales de los fabricantes de bicicletas y defender los intereses de sus miembros.

Importaciones de bicicletas

El producto objeto de examen son las bicicletas para niños, rodadas de 10 a 20 pulgadas, de todos los tipos. Una bicicleta es un vehículo de dos ruedas, constituido principalmente por un cuadro, tijera, ruedas (rin y llanta), asiento, manubrio y frenos; cada uno de estos componentes consta de varias partes. El cuadro es la columna vertebral de la bicicleta y sirve de soporte a las demás piezas.

Las bicicletas para niños son bienes de consumo universal que se diferencian únicamente por su tamaño, materiales de construcción, modelos y accesorios.

Las aplicaciones y los usos básicos de las bicicletas son iguales y en gran medida son intercambiables, por lo que modelos de distintas categorías compiten entre sí y forman un producto único.

De acuerdo con la Secretaría de Economía, las importaciones de bicicletas están sujetas a un arancel ad valorem de 15%, a excepción de las importaciones originarias de países con los que México ha celebrado tratados de libre comercio, las cuales están exentas; sin embargo, y de acuerdo al Tratado Integral y Progresista de Asociación Transpacífico (TIPAT), las mercancías originarias de Vietnam están sujetas a un arancel ad valorem del 12 por ciento.

Asimismo, las originarias de Perú y Panamá tienen un arancel de 2 y 6%, respectivamente.

Las empresas interesadas en las importaciones de bicicletas son: la importadora Comercializadora México Americana y las exportadoras Huffy Corporation y Kent International Inc.

Antecedentes

El 21 de diciembre de 2015 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución final de la investigación antidumping sobre las importaciones de bicicletas para niños originarias de la República Popular China («China»), independientemente del país de procedencia. Mediante esta Resolución, la Secretaría determinó una cuota compensatoria definitiva de 13.12 dólares por pieza.

 

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