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Logística

El transporte marítimo genera 32% del PIB en Panamá

El transporte marítimo genera más de 32% del PIB y casi 300,000 empleos en Panamá, directos e indirectos, de acuerdo con el gobierno de ese país.

Este tipo de transporte se rige por varias leyes: la Ley del Comercio Marítimo (Ley Nº 55 de 6 de agosto de 2008), que regula la propiedad de las naves, los contratos de comercio marítimo, y el crédito y las hipotecas; la Ley General de Marina Mercante (Ley Nº 57 de 6 de agosto de 2008), que regula el abanderamiento de los buques, y el Decreto Ley Nº 8 de 26 de febrero de 1998, que regula la contratación de los tripulantes.

Ahora bien, la Autoridad Marítima de Panamá (AMP), a través de la Dirección General de la Marina Mercante (DGMM), se encarga del registro de los buques y de velar por la seguridad del servicio.

Información de la Organización Mundial de Comercio (OMC) indica que los extranjeros pueden registrar buques en Panamá sin tener que establecerse o residir en el país.

Sin embargo, los propietarios de buques deben tener un agente que resida en el país.

Los buques deben inscribirse en uno de los registros de la DGMM.

Mientras que el Registro Regular es el tipo de registro más común, las inscripciones se hacen por tipo de servicio marítimo, internacional o interior (cabotaje).

Los extranjeros pueden registrar un buque para el servicio internacional en la DGMM o en las representaciones panameñas en el exterior habilitadas para tramitar asuntos de la marina mercante.

Transporte marítimo

Según la OMC, los buques extranjeros fletados a casco desnudo en Panamá pueden mantener el registro en el extranjero, siempre que el contrato de transporte no exceda de dos años y el país/territorio donde el buque esté originalmente registrado acepte el doble registro.

Los barcos extranjeros fletados a casco desnudo pueden prestar el servicio marítimo internacional y el de cabotaje.

El registro de buques en Panamá está sujeto a una tasa fija, que depende del tonelaje.

A los buques que prestan servicio internacional se les cobra además un impuesto anual por tonelada neta, una tasa anual consular, una tasa anual de inspección y una tasa anual de investigación de accidentes y participación de la administración en conferencias y tratados internacionales.

Para incentivar el registro de buques, la DGMM otorga descuentos de la tasa de registro, que suelen tener una duración de tres años consecutivos.

Por ejemplo, las navieras que registran al menos tres buques tienen descuentos de entre 25 y 60%; los buques nuevos pueden obtener descuentos que pueden llegar hasta 100% para el primer año de registro; y desde 2016, los buques que cumplen determinadas normas ambientales se benefician de un descuento de 50 por ciento.

La DGMM revisa el porcentaje de los distintos descuentos periódicamente; estos porcentajes de descuento se fijaron inicialmente en 2008 mediante la Ley General de Marina Mercante.

 

Redacción Opportimes

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