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Duplican inversiones en puertos del Golfo vs el Pacífico en México

Las inversiones destinadas en los puertos del Golfo de México sumaron 50,022 millones de pesos de 2013 a 2018, más del doble en comparación a la cifra correspondiente a los puertos del Pacífico (24,127 millones de pesos).

De acuerdo con datos de la Coordinación General de Puertos y Marina Mercante, las inversiones en el Golfo de México se canalizaron a los puertos de Altamira, Tampico, Tuxpan, Veracruz, Coatzacoalcos, Dos Bocas y Progreso.

Por el otro lado, en el Pacífico, las inversiones se hicieron en Ensenada, Guaymas, Topolobampo, Mazatlán, Puerto Vallarta, Manzanillo, Lázaro Cárdenas, Salina Cruz y Chiapas.

Gráfico: CGPMM.

En México operan 684 empresas y permisionarios de servicios portuarios.

Con respecto al transporte marítimo, la inversión extranjera está permitida pero sujeta a un límite del 49% en ciertos servicios, tales como los operadores portuarios, las navieras de transporte marítimo en aguas territoriales y de cabotaje y los servicios portuarios y conexos.

Los pilotos de puertos deben ser de nacionalidad mexicana y el cabotaje está reservado para navieras mexicanas con embarcaciones mexicanas, aunque puede permitirse temporalmente a las embarcaciones extranjeras prestar servicios de cabotaje.

Capitales foráneos en puertos

En general, la inversión extranjera está permitida en ciertos servicios como: los operadores portuarios (Administraciones Portuarias Integrales, API), las navieras de transporte marítimo en aguas territoriales y de cabotaje (salvo cruceros, dragas y construcción/mantenimiento de puertos), los servicios portuarios (remolque, amarre de cabos y lanchaje) y los servicios conexos (suministro de combustible).

Particularmente, la Comisión Nacional de Inversión Extranjera (CNIE) puede autorizar inversiones superiores al 49% en las navieras de transporte para las aguas territoriales y en las empresas de servicios portuarios; las autoridades señalan que se han autorizado inversiones extranjeras superiores al 49% en las actividades mencionadas. Los pilotos de puertos deben ser de nacionalidad mexicana.

En México, y con la excepción del cabotaje, el transporte marítimo se rige por el principio de reciprocidad; por lo tanto, cuando se otorga al Estado mexicano este trato, las navieras no requieren ningún tipo de autorización para prestar servicio de transporte en México. Sin embargo, las navieras extranjeras deben contar con un agente naviero en cada puerto en el que operan.

 

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