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Controles fronterizos conjuntos, ¿cómo operan?

Los controles fronterizos conjuntos se refieren al concepto de dos administraciones aduaneras limítrofes que firman un acuerdo para operar conjuntamente el control de la aduana.

Esto es, ambas administraciones coordinan los controles fronterizos (de exportación y de importación), horarios de apertura y competencias.

Idealmente, el control conjunto se lleva a cabo en oficinas aduaneras yuxtapuestas donde se comparten las infraestructuras físicas y técnicas, según Comisión Económica de las Naciones Unidas para Europa (CEPE).

En los cruces fronterizos terrestres, los comerciantes a menudo deben someterse a las formalidades de exportación antes de poder realizar las formalidades de importación.

Además, las infraestructuras físicas de las oficinas de exportación y de importación a menudo son significativamente diferentes.

Ello puede ocasionar largas filas en la frontera y lentos procesos de despacho en particular, si los reconocimientos se llevan a cabo tanto del lado de la exportación como de la importación, y las competencias y horarios de apertura de las dos oficinas aduaneras no están coordinados.

En el caso de mercancías perecederas, esto puede ocasionar la pérdida económica de la carga.

Por ello, los controles fronterizos conjuntos eliminan las redundancias en los procesos de despacho en los cruces fronterizos terrestres.

Controles fronterizos conjuntos

Desde 2017, por ejemplo, México y Estados Unidos implementaron un despacho conjunto aduanero por medio de un programa entre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y el Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP) de los Estados Unidos.

El proyecto comenzó en el Aeropuerto de Laredo, Texas, con un despacho conjunto de carga aérea de los sectores automotriz, electrónico y aeroespacial con destino a ocho aeropuertos mexicanos.

También estos controles fronterizos se llevó a cabo en Mesa de Otay, Baja California, con productos agrícolas con destino a Estados Unidos, y en San Jerónimo, Chihuahua, con la inspección de cargamentos de computadoras y otros productos electrónicos con destino a Estados Unidos.

Convenio de Kyoto Revisado

Las condiciones físicas del cruce fronterizo a menudo reflejan la relación entre ambos países.

Un requisito previo necesario consiste, por tanto, en establecer relaciones fructíferas y de confianza entre los países limítrofes.

Controles fronterizos
Foto: Grupo FH.

Sobre esta base, destaca la CEPE, es que se establece la operación de controles frontrerizos conjuntos y se instalan oficinas aduaneras yuxtapuestas en cruces fronterizos comunes, que como lo señalan las Normas 3.4 y 3.5 del Convenio de Kyoto Revisado (CKR), contribuirán a racionalizar el proceso de despacho, eliminar redundancias y también fortalecerán las capacidades de control aduanero.

La Norma 3.3 del CKR solicita a las administraciones aduaneras que armonicen los horarios de apertura y sus competencias respectivas a fin de asegurar un movimiento fluido y sin trabas en la frontera.

Además, los dos países deben coordinar el plano de distribución física de los cruces fronterizos, en términos del número de carriles, carriles de tránsito, estacionamientos, y otras instalaciones relevantes de acuerdo con el Art. 6 del Anexo 8 del Convenio Internacional sobre la Armonización de los Controles de las Mercancías en las Frontera.

 

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