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Comercio

¿Qué son los aranceles consolidados de la OMC?

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Un «arancel consolidado» es uno que, en virtud de un compromiso jurídico, un Miembro de la Organización Mundial de Comercio (OMC) acepta no aumentar por encima de un nivel determinado.

En el marco del GATT/OMC, los Miembros se comprometen a «consolidar» sus aranceles (a menudo durante negociaciones), y el tipo consolidado constituye el nivel máximo del derecho de importación que puede aplicar un Miembro a un producto.

Al consolidar un arancel, los Miembros aceptan restringir su derecho a establecer niveles arancelarios superiores a cierto límite, que se consigna en sus Listas de concesiones.

Según la OMC, al hacerlo, establecen las condiciones mínimas de acceso a los mercados de que cada uno de ellos puede beneficiarse en el mercado de los demás y aseguran la aplicación de un nivel arancelario transparente y previsible.

Las «consolidaciones» arancelarias impiden a los Miembros anular la liberalización que se ha logrado mediante las negociaciones, al tiempo que garantizan la transparencia y la previsibilidad.

Los tipos consolidados, denominados a menudo «concesiones arancelarias» en la jerga de la OMC, se refieren a productos específicos, enumerados en la Lista de concesiones arancelarias sobre mercancías de cada Miembro.

Conviene señalar que no todos los productos no agrícolas están sujetos a un derecho consolidado. En realidad, en el marco de la OMC no se impone la obligación de consolidar todos los aranceles, y varios Miembros mantienen líneas arancelarias sin consolidar.

Sin embargo, como las consolidaciones arancelarias son una de las piedras angulares del sistema multilateral de comercio, se tiende a consolidar todos los aranceles (cobertura universal de las consolidaciones).

No obstante, merece la pena indicar que, de conformidad con el principio NMF, los Miembros de la OMC están obligados a aplicar todos sus aranceles a los productos originarios de los demás Miembros de manera no discriminatoria, independientemente de que los aranceles aplicables a esos productos estén consolidados o no. Las principales disciplinas de la OMC sobre las consolidaciones arancelarias y las Listas de concesiones se establecen en el artículo II del GATT de 1994.

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