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Industria

Cofepris aclara criterio sobre IMMEX y regulación sanitaria

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) aclaró un criterio relacionado con las empresas IMMEX y la regulación sanitaria.

Para la Cofepris, no están sujetas a regulación sanitaria, las operaciones de transferencia entre un Proveedor Nacional y una empresa IMMEX.

Como respuesta a una consulta de la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana (CAAAREM), la Cofepris emitió de la siguiente manera el criterio:

“Con fundamento en el Artículo 371 de la Ley General de Salud y toda vez que en el momento de la importación de los diferentes insumos para la elaboración, transformación o reparación bajo el amparo de programa de maquila (IMMEX), éstos cumplieron con la regulación no arancelaria correspondiente bajo el régimen temporal en la modalidad de maquila, le informo que respecto a la regulación sanitaria para operaciones de enajenación de mercancías mediante transferencia realizada por un proveedor nacional a una empresa con Programa IMMEX no requieren de un nuevo Permiso Sanitario de importación por esta Comisión Federal”.

IMMEX

El programa IMMEX tiene varias modalidades, incluido el refugio, bajo el cual una entidad mexicana registrada puede actuar como una entidad legal que asume los riesgos legales y la responsabilidad de los fabricantes que operan bajo su registro IMMEX.

De ese modo, las entidades extranjeras obtienen el conocimiento del socio experimentado de los requisitos locales y, por lo tanto, pueden concentrarse en el trabajo de fabricación.

Además, el programa IMMEX otorga diversos beneficios como diferir el arancel general de importación y el arancel de trámite aduanero con una cuota específica.

Si la mercancía relevante es originaria de un país con el cual México tiene un Tratado de Libre Comercio, las importaciones correspondientes estarán exentas del Arancel General de Importación y dicho arancel no deberá ser pagado a menos que estén destinados a permanecer en México de manera definitiva.

Sin embargo, las empresas IMMEX están obligadas a pagar el Impuesto al Valor Agregado aplicable a las importaciones de materias primas y activos fijos, a menos que se solicite una Certificación de IVA.

Entre otras, una condición del programa IMMEX es exportar al menos 500,000 dólares en productos terminados anualmente, o 10% de las ventas anuales dentro de un plazo establecido por el gobierno.

También las empresas que operan bajo el programa IMMEX en México deben utilizar un sistema de control de inventarios bajo el denominado “Anexo 24” de las normas de comercio exterior.

 

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