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Cofece autoriza concentración entre Argonaut, AP Mining y Pinehurst

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) de México autorizó la concentración entre Argonaut Gold lnc., Alliant Gold Corp. y Pinehurst Capital II Inc.

El 20 de noviembre de 2020, Argonaut AP Mining y Pinehurst notificaron a la Cofece su intención de realizar una concentración.

Lo anterior conforme a lo establecido en el artículo 90 de la Ley Federal de Competencia Económica.

Antes, el 10 de septiembre de 2020, Argonaut celebró un acuerdo definitivo con AP Mining para la venta de todas las acciones emitidas y en circulación de Aurea Mining Inc. y su subsidiaria de propiedad absoluta Minera Aurea (Titular del Proyecto Ana Paula).

A su vez, AP Mining celebró un acuerdo definitivo con Pinehurst con fecha del 10 de septiembre de 2020, en virtud del cual Pinehurst y AP Mining han acordado completar una combinación de negocios.

Esta combinación tiene como objetivo que Pinehurst sea la empresa matriz y el 100% de los valores emitidos y en circulación de AP Mining sean propiedad del Emisor resultante, condicionado a que AP Mining complete la adquisición del Proyecto Ana Paula de conformidad con los términos del Acuerdo Argonaut.

Concentración

Según los términos del Acuerdo Argonaut, AP Mining adquirirá todas las acciones emitidas y en circulación de Aurea Mining Inc. y su subsidiaria de propiedad absoluta Minera Aurea por:

  • Un precio de compra agregado compuesto, en parte, de US $ 30 millones en efectivo al cierre, un pagaré por la cantidad de C $ 10 millones pagaderos en la fecha en que el Emisor resultante anuncie el inicio de la construcción del Proyecto Ana Paula.
  • 1% de regalías de los retornos netos de la fundición.
  • Un número de acciones ordinarias del Emisor resultante que sea igual a 9.9% de las acciones ordinarias en circulación del Emisor inmediatamente después de la finalización de la transacción calificada.

Cofece

Una concentración es la fusión, adquisición del control o cualquier acto por virtud del cual se unan sociedades, asociaciones, acciones, partes sociales, fideicomisos o activos en general que se realice entre competidores, proveedores, clientes o cualesquiera otros agentes económicos.

Por lo general, las empresas se concentran con el objetivo de expandir mercados y aumentar su eficiencia, lo que trae beneficios a los consumidores. Sin embargo, algunas concentraciones pueden generar efectos anticompetitivos.

Por ello, la Cofece tiene facultades para no autorizar o sujetar al cumplimiento de condiciones aquellas concentraciones que tengan por objeto o efecto obstaculizar, disminuir, dañar o impedir la competencia económica o la libre concurrencia

Con ello, la Cofece previene la creación de estructuras de mercado que representan riesgos para la competencia y la libre concurrencia a través del análisis de concentraciones entre agentes económicos.

Una vez que estas operaciones se analizan, el Pleno de la Cofece puede autorizarlas, sujetarlas al cumplimiento de condiciones u objetarlas cuando generen riesgos a la competencia.

 

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