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Ciberseguridad: obstáculos técnicos al comercio

Hasta la fecha, más de 70 medidas de Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC) relacionadas con la ciberseguridad se notificaron a la Organización Mundial de Comercio (OMC).

De ese total, 70% se notificaron en los tres últimos años.

Entre otras cosas, se trata de la ciberseguridad de la Internet de las cosas, la tecnología 5G, las telecomunicaciones y el equipo radioeléctrico y los productos basados en programas informáticos y conectados a la red.

En la mayor parte de esas medidas se indica que se han propuesto o adoptado para la protección de imperativos de la seguridad nacional (artículo 2.2 del Acuerdo OTC).

Otros objetivos notificados comprenden la prevención de prácticas que puedan inducir a error, la protección de la salud o seguridad humanas y la calidad.

Entre los Miembros notificantes más activos en esta esfera figuran la Unión Europea (y/o sus Estados miembros), Brasil, Estados Unidos, Reino Unido, Vietnam, Uganda, Japón, China y Taipei Chino.

En los últimos años, los Miembros de la OMC han utilizado cada vez más las reuniones del Comité OTC para plantear y debatir preocupaciones comerciales específicas relativas a diversas medidas OTC relacionadas con la ciberseguridad.

Las medidas objeto de esas preocupaciones regulan, entre otras cosas, los productos de las TIC y equipos de red, los vehículos, la aviación civil, la banca y los seguros.

Ciberseguridad

Hasta la fecha, los Miembros han planteado al menos 24 preocupaciones comerciales específicas, la mayoría de ellas (60%) en los cinco últimos años (2017-2022).

Esas preocupaciones comerciales específicas se referían a medidas mantenidas principalmente por China, los Estados Unidos, la Unión Europea y Vietnam.

Las medidas objeto de esas preocupaciones se plasmaron, por ejemplo, en prescripciones obligatorias en materia de acceso a los mercados para los equipos radioeléctricos conectados a Internet, restricciones al uso de elementos de red procedentes de productores de alto riesgo en el marco del 5G o prescripciones en materia de localización de datos.

Los Miembros que plantearon esas preocupaciones se mostraron preocupados, concretamente, por el hecho de que las medidas no cumplieran las obligaciones en materia de transparencia y no discriminación previstas en el Acuerdo OTC y por la falta de claridad de las medidas, la amplitud de su ámbito de aplicación, su incompatibilidad con las normas internacionales y el hecho de que restringieran el comercio de manera innecesaria.

En respuesta, los Miembros a los que se les plantearon esas preocupaciones comerciales específicas destacaron por lo general la necesidad de contar con normas de ciberseguridad para, entre otras cosas, abordar las cuestiones relativas a la seguridad nacional y velar por la privacidad de los consumidores.

 

Redacción Opportimes

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