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Aviso de cruce: 19 respuestas de la Conacoopa a la CAAAREM

El pasado martes se llevó a cabo la reunión del Consejo Nacional Consultivo de Operación Aduanera (Conacoopa) con el tema Aviso de cruce (AVC) y Documento de Valor y Comercialización (DVC).

Ahí se plantearon 19 preguntas y las respuestas fueron difundidas por la Confederación de Asociaciones de Agentes Aduanales de la República Mexicana (CAAAREM).

A la reunión asistieron José Marcos García Nieto, director general de Modernización, Equipamiento e Infraestructura de la Agencia Nacional de Aduanas de México (ANAM); Blanca Estela Silva Pita, directora de Modernización Aduanera de la ANAM, y Alberto Manuel Martínez Ordoñez, director de Modernización Aduanera de la ANAM.

Aviso de cruce

Durante el evento, se dieron respuestas a algunos planteamientos y dudas en relación con la aplicación y funcionalidad del DVC. Estas son:

¿Está previsto que se transmita el Documento de Valor y Comercialización DVC en todas las operaciones de comercio exterior, o habrá excepciones como actualmente se tiene en el caso de las exportaciones clave A1 en las que se transmite el Complemento de Comercio Exterior?

Se respetarán las excepciones que hoy están en la normatividad vigente.

¿Dónde deberá ser declarado el folio del Documento de Valor y Comercialización (DVC), en el AVC o en el pedimento?

Se indicó que será en el AVC y se estará comunicando en los boletines que al efecto emita ANAM.

Al hacer uso de la opción de relación de facturas, tanto en el documento técnico como en el portal no permite especificar las personas ni las mercancías que corresponden a cada factura que conforma dicha relación, ¿significa esto que toda la información va a ir “revuelta” sin indicar exactamente a qué factura corresponden?

Esta problemática se detectó en el ambiente de pruebas, misma que ya se está solventando.

¿Si el valor de la mercancía es menor de 300 dólares, no estoy obligado a presentar DVC conforme a la RGCE 3.1.8?

No están obligados de acuerdo a la normatividad vigente.

¿En qué casos es posible realizar una adenda al Documento de Valor y Comercialización (DVC)?

Cualquier cambio se podrá realizar antes de activar el Mecanismo de Selección Automatizado, y cuando cruce el MSA se deberá elaborar un nuevo DVC.

Los oficios y criterios respecto del COVE ¿Serán válidos para DVC, por ejemplo, discrepancia valor dólares entre COVE y pedimento por temas de equivalencias?

Se van a establecer los criterios en las reglas operativas que al efecto se emitan.

¿Cuáles multas se aplicarán para efecto del DVC, ya que las multas que se señalan en el 184-B son aplicables al COVE?

Se aplicarán las mismas, ya que estas hacen referencia a la transmisión del documento de valor

La información que se transmita a través del DVC ¿Se consumirá por el SAAI y se realizará la validación del DVC que se declare en el Pedimento, considerando los errores de validación no justificables?

Sí, se considerará.

¿Cuáles son las características y el tamaño de la factura/documentos que se va a digitalizar dentro del .json y será un solo documento o pueden ser varios en una misma petición?

Se pueden digitalizar varios documentos.

¿El campo de descuentos se declara en porcentaje o monetario?

Se declara el monto que viene en el documento de valor.

¿Qué datos se podrán declarar en el campo de “otros gastos”, por ejemplo, se podrían declarar incrementables que vengas desglosados en la factura?

Sí, todos los gastos que vengan declarado en el documento de valor.

En los campos para proveedor, destinatario y comprador, aparecen los campos como nombre, primer apellido, segundo apellido, sin embargo, por lo general los proveedores, compradores y destinatarios no son personas físicas, por lo tanto. ¿Se van a poder dejar en blanco los campos que no apliquen?

Sí, se puede dejar en blanco, ya que esos campos son opcionales.

Respecto al campo “agregar mercancía” ¿este tiene algún límite para capturar ítems o partidas?

No hay límite.

Respecto a los campos de “modelos-submodelos y números de serie” ¿se cuenta con algún límite de datos que pueden ser capturados?

No hay límite.

¿Esta información se verá reflejada en el Datastage?

No, ya que aquí solo se reportan datos del pedimento y la información del DVC se declarará en el AVC.

Respecto al campo de “Tipo Moneda” se menciona que corresponde al Catálogo ISO ¿pero no se especifica exactamente a cuál de ellos?

Es el ISO 4213

¿Se tienen alguna fecha para la publicación de los catálogos de llenado?

Al final de esta semana, se estarán publicando.

¿Lo que se sube o manifiesta en el DVC es independiente al pedimento, por ejemplo, si subo la factura al DVC también debo generar el E-document al pedimento?

Por el momento sí,  hasta que ya esté estable el DVC.

¿Qué pasará con los pedimentos consolidados que mezclaran remesas con COVE y DVC?

Se deberán declarar los dos, en el periodo de transición.

 

Redacción Opportimes

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