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AMLO y demócratas de EU coinciden en agenda laboral 

El presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) coincide con aspectos centrales de la agenda laboral de los demócratas respecto al Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC).

En marzo, Ildefonso Guajardo, exsecretario de Economía, destacó que las concesiones laborales en el T-MEC no se habían hecho por parte de México en ningún otro tratado de libre comercio, y que esto se debió a que el gobierno del presidente López Obrador es “tremendamente progresista en materia laboral”.

El gobierno de AMLO espera que el Senado mexicano apruebe a finales de abril cambios a la ley laboral derivados de los compromisos plasmados en el T-MEC.

Guajardo añadió en aquel entonces que las coincidencias de AMLO con los demócratas ayudaron a impulsar el cierre de las negociaciones, porque el Presidente mexicano impulsó la redacción del Anexo 23 A del T-MEC, en el cual México se compromete a adoptar en su legislación, a más tardar el 1 de enero de 2019, una serie de medidas y principios relacionados con el reconocimiento efectivo a la negociación colectiva, condicionando incluso la entrada en vigor del T-MEC a que dicha legislación exista.

Cartas paralelas

El Tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN, que reemplazaría al T-MEC) marcó la primera vez que las disposiciones de derechos laborales se asociaron con un TLC al incluir disposiciones laborales en un acuerdo paralelo, el Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte (ACLAN), que exigía que todas las partes hicieran cumplir sus propias leyes laborales, así como disposiciones para fomentar una mayor cooperación.

En general, el acuerdo paralelo incluye un mecanismo de consulta para resolver conflictos laborales y un procedimiento especial de solución de conflictos laborales. El mecanismo de aplicación se enfoca principalmente a la falta de una parte de hacer cumplir sus propias leyes laborales. Según las disposiciones de la Autoridad de Promoción Comercial (TPA, por su sigla en inglés) de Estados Unidos de 2002, siete TLC de Estados Unidos posteriores al TLCAN incluían una disposición similar en el texto principal del acuerdo.

TLC y compromisos laborales

El fundamento para incluir disposiciones laborales en los TLC de los Estados Unidos es ayudar a garantizar que los países no deroguen las leyes laborales para atraer el comercio y la inversión y que el comercio liberalizado no otorgue una ventaja competitiva a los países en desarrollo debido a la falta de estándares adecuados.

Las disposiciones sobre derechos de los trabajadores en los acuerdos comerciales de Estados Unidos han evolucionado significativamente desde el TLCAN.  Acuerdos más recientes, incluidos los TLC con Colombia, Panamá, Perú y Corea del Sur, incorporan principios laborales reconocidos internacionalmente que requieren que las partes adopten y mantengan en sus estatutos y regulaciones los principios laborales fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) (Declaración de la OIT).

También exigen a los países que hagan cumplir sus leyes laborales y que no renuncien o deroguen esas leyes para atraer el comercio y la inversión. Estas disposiciones son ejecutables bajo los mismos procedimientos de solución de controversias que se aplican a otras disposiciones del TLC, y las violaciones están sujetas a las mismas sanciones comerciales potenciales.

 

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